San José, 10 jun (elmundo.cr) – La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró con lugar dos recursos de amparo en contra del Ministerio de Educación Pública por no contratar conserjes que se dediquen al aseo de centros educativos.
Uno de los recursos fue presentado por personal y estudiantes de la Escuela Los Ángeles de Cartago y el otro por un padre de familia de la Escuela Laurel de Corredores.
En el caso del centro educativo cartaginés, se acusó de que el MEP no había realizado los trámites necesarios para sustituir a varios conserjes que hacían falta en el centro educativo, con el consecuente deterioro de las condiciones sanitarias en perjuicio de la comunidad educativa.
Por otra parte, el padre de familia que presentó el recurso en el caso de Laurel de Corredores alegó que pese a que él y la escuela han realizado gestiones ante el MEP para que realice esas contrataciones, a la fecha el faltante persiste.
Los magistrados ordenaron, en el caso de la Escuela de Los Ángeles de Cartago, que la Directora de Recursos Humanos del MEP designe, en el plazo de 15 días contados a partir de la notificación de la sentencia, el personal necesario para solucionar los problemas de aseo y limpieza que afectan a la institución.
En el caso de la Escuela Laurel, deberá dicha Directora tomar las medidas administrativas que correspondan para hacer respetar el derecho a la salud y a un ambiente sano de los alumnos y funcionarios de la institución y solventar los problemas de higiene causados.
“Este Tribunal considera que el Ministerio debe garantizar que los centros educativos del país cuenten con las condiciones sanitarias y de salubridad óptimas para que el proceso educativo se desarrolle de la mejor manera, de lo contrario se afectarían seriamente los derechos fundamentales de la población de los centros educativos”, dijo la Sala IV en un comunicado de prensa.
En reiteradas ocasiones, la Sala IV ha indicado que el Estado tiene la obligación de proteger adecuadamente el ambiente, para lo que debe tomar las medidas necesarias a fin de que el medio esté libre de contaminación y que las alteraciones producidas por el hombre no constituyan una lesión al ambiente ni a la salud de las personas.