Sala IV ordena cambios en procedimientos hospitalarios para evitar violencia obstétrica

Corte Suprema de Justicia  (7)San José, 09 mar (elmundo.cr) – La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró con lugar un recurso de amparo presentado por una mujer, que sintió violentada emocional y psicológicamente pues debió soportar la presencia de estudiantes de medicina, misceláneos y personal masculino de cocina en los salones de un centro médico donde esperan las mujeres a momentos de dar a luz.

Según el voto 3354-2015 de la Sala IV emitido al medio día del pasado seis de marzo por los magistrados Gilbert Armijo Sancho, Fernando Cruz Castro, Luis Fdo. Salazar Alvarado, Enrique Ulate Chacón y las magistradas Nancy Hernández López, Ana María Picado Brenes, Yerma Campos Calvo.

En dicho voto, los magistrados resolvieron señalar “la violencia obstétrica”, como una violencia de género y de violación de derechos humanos por lo que hay que equilibrar los derechos de las mujeres con el cumplimiento del servicio público que se presta.

Tras analizar los alegatos de la mujer, los magistrados confirmaron que los hechos encajan con lo modernamente denominado “violencia obstétrica”, una forma de violencia de género y en general, de violación a los derechos humanos.

Según la sentencia, la resolución no implica cambios en el personal, sino en los procedimientos para proteger la dignidad de las mujeres cuando están ante cierto tipo de procedimientos que requieren respeto a su pudor.

La Sala IV advirtió que no se deberán repetir hechos como los ocurridos con la mujer que presentó el caso, por lo que las autoridades de los centros médicos deberán tomar las medidas preventivas que aseguren ese propósito, las cuales deben estar referidas al personal que no realice funciones médicas, siempre y cuando no se afecte la prestación del servicio de salud, si existiera la necesidad de contar con la colaboración de personal masculino no médico.

“Esta medida no implica el despido o sustitución de algún funcionario sino un equilibrio entre los bienes jurídicos en juego, a saber el decoro y la salud de las mujeres, y el derecho al trabajo del personal masculino hospitalario”, afirmaron los magistrados.

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