San José, 10 oct (elmundo.cr) – La ministra de Salud y vicepresidenta de la República, Mary Munive Angermüller, deberá desbloquear a un ciudadano en su cuenta pública de la red social Facebook, según lo dictaminado por la Sala Constitucional tras declarar con lugar un recurso de amparo presentado por el afectado.
El recurrente señaló que fue bloqueado por Munive luego de invitarla a debatir sobre políticas de salud pública. Este bloqueo ocurrió en la página oficial que la ministra utiliza para comunicar temas relacionados a su cargo en el Ministerio de Salud, lo que el ciudadano consideró como una violación a sus derechos de acceso a la información y libertad de expresión.
Según la gestión presentada ante la Sala, el ciudadano había solicitado un debate sobre la implementación de políticas sanitarias, específicamente en relación con la campaña de vacunación contra el sarampión, rubéola y paperas. Sin embargo, tras su interacción, fue bloqueado de la página de la jerarca en Facebook, lo que le impidió interactuar, comentar o recibir actualizaciones sobre los temas de salud pública discutidos en la red social.
“La ministra de Salud, como funcionaria pública, no puede bloquearme por pensar y expresarme de manera distinta a la postura oficial del gobierno, dado que, en un Estado de derecho democrático como el nuestro, toda política pública se encuentra sujeta al escrutinio público”, argumentó el ciudadano en su recurso. Además, enfatizó la importancia del escrutinio en temas que afectan la salud y el bienestar de la población, así como la gestión de los recursos públicos.
Ante esta situación, los magistrados de la Sala Constitucional fallaron a favor del recurrente e instruyeron a Munive a desbloquearlo en un plazo máximo de tres días. El fallo resalta que la página utilizada por la ministra es un canal oficial para difundir políticas públicas y, por tanto, no se puede restringir el acceso a ciudadanos que deseen participar en el debate.
El fallo subraya la importancia de garantizar el acceso a la información pública y resguardar la libertad de expresión, especialmente cuando se trata de autoridades que comunican decisiones de interés nacional.
Finalmente, la Sala Constitucional condenó al Estado al pago de costas, daños y perjuicios causados al ciudadano por el bloqueo. Esta decisión establece un precedente sobre el uso de redes sociales por parte de funcionarios públicos y su obligación de garantizar un acceso abierto y transparente a sus comunicaciones.