San José, 16 ene (elmundo.cr) – La Sala Constitucional resolvió, por mayoría, declarar sin lugar cuatro recursos de amparo presentados contra los decretos ejecutivos Nº 40422 y Nº 38999.
Estos decretos buscaban promover la erradicación de la discriminación hacia la población LGBTI en las instituciones del Poder Ejecutivo, según las metas incorporadas en el “Plan Nacional de Desarrollo y de Inversión Pública del Bicentenario 2019-2022”,
Dos de los recursos fueron presentados contra el Servicio Nacional de Salud Animal, uno contra la Dirección General de Migración y Extranjería y otro contra el Ministerio de Hacienda.
Los recurrentes alegaron la vulneración de sus derechos fundamentales, debido a que se les obligaba a participar en el curso “Caminando hacia la igualdad: por un servicio seguro e inclusivo para la población LGBTI”. Señalaron que tal curso iba en contra de sus convicciones religiosas, por lo que lesionaba su libertad de culto y conciencia.
Los recursos fueron declarados sin lugar, ya que a juicio de la mayoría del Tribunal Constitucional los recurrentes no demostraron de manera clara cómo el curso referido imponía obligaciones contrarias a sus creencias.
La Sala subrayó que la simple manifestación de oposición del funcionario público no implica automáticamente el reconocimiento del derecho a la objeción de conciencia.
Además, estimaron que el ejercicio de la objeción de conciencia no puede ir en contra de los derechos fundamentales de otros.
Para los magistrados la objeción de conciencia no puede llegar a tal extremo como para excusar un trato discriminatorio injustificado en contra de un determinado colectivo a partir de su orientación sexual, porque eso socavaría el contenido esencial del derecho fundamental a la igualdad.
Las sentencias de estos expedientes se encuentran en redacción, para su posterior firma. Una vez que dichos procesos concluyan y se notifiquen, se procederá a publicarlos en el sitio electrónico del Poder Judicial, Nexus, para que cualquier persona interesada puede acceder a estos.
Aún queda por resolver un recurso de amparo similar que se tramita en el expediente 21-000179- 0007-CO.