Sala IV declara sin lugar recurso de amparo contra ingreso de militares salvadoreños al país

Voluntarios salvadoreños interviniendo una carretera bloqueada en una de las zonas más afectadas.

San José, 4 feb (elmundo.cr) – La Sala Constitucional declaró sin lugar el recurso el recurso de amparo estudiado bajo el expediente 24-031963-0007-CO.

El diputado de Liberación Nacional, Danny Vargas, interpuso un amparo el 12 de noviembre de 2024, en el que alegó la violación al artículo 121 inciso 5) de la Constitución Política por parte del presidente de la República y otros.

Vargas alegaba que se permitió el ingreso de personal militar procedente de la República de El Salvador sin la autorización previa de la Asamblea Legislativa ni una declaratoria fundamentada de emergencia nacional, como lo establece la Constitución.

Por lo que el diputado consideraba que tal ingreso podía representar una amenaza a la soberanía nacional al vulnerar la tradición pacífica del país.

La resolución de curso de este proceso fue notificada a la parte accionada en las siguientes fechas: el 15 de noviembre de 2024 al Ministerio de Relaciones Exteriores y al Ministerio de Seguridad Pública; el 18 de noviembre de 2024 a la ministra de la Presidencia y al director general de Aviación Civil.

Previo a tal notificación, concretamente el 13 de noviembre de 2024, la Asamblea Legislativa autorizó la permanencia del personal de las fuerzas salvadoreñas. De esta forma, tan solo un día después de presentado el amparo, el agravio invocado fue solucionado, aclara la Sala IV.

Las fuerzas salvadoreñas realizaron labores de ayuda humanitaria en nuestro país para colaborar con la atención de la emergencia provocada por las fuertes lluvias que habían afectado al país, particularmente en las zonas de Guanacaste, Limón y Zona Norte.

Ante tal situación, por voto unánime en la sentencia 2025-002848, la Sala Constitucional declaró sin lugar el amparo, toda vez que, según reiterada jurisprudencia constitucional, cuando un reclamo de inconstitucionalidad se remedia o deja de persistir previo a la notificación de un recurso de amparo, este se desestima.

Últimas noticias

Te puede interesar...

Últimas noticias