San José, 22 feb (elmundo.cr) – La Sala Constitucional declaró sin lugar el expediente 19-010502-0007-CO que acumulaba tres acciones de inconstitucionalidad contra el Decreto Ejecutivo nro. 41.722-S del 23 de abril de 2019.
Las personas accionantes plantearon la acción contra el decreto ejecutivo nro. 41.722-S denominado “Dispensación de los anticonceptivos orales de emergencia”.
La Sala Constitucional aclaró que la protección de la vida inicia con la implantación, y a partir de ese instante se tutela la vida. Por otro lado, la dispensación sin receta médica, no supone una inconstitucionalidad manifiesta, toda vez que se trata de una modalidad anticonceptiva de uso ocasional, excepcional o de emergencia.
Además, subraya que no se está regulando un procedimiento que tenga fines propiamente abortivos, sino más bien, tal como su nombre lo indica, solo está autorizando la “dispensación de los anticonceptivos orales de emergencia”; es decir, se trata de un tipo de método anticonceptivo más.
La Sala Constitucional concluye que el decreto no impone el carácter forzoso de un acto médico o un tratamiento, por lo que las personas son libres de utilizar o no el anticonceptivo.
También considera el Tribunal Constitucional que la autorización de la dispensación de anticonceptivos orales de emergencia forma parte de la competencia del Ministerio de Salud para emitir reglamentación técnica, por lo que se descarta alguna violación al principio de reserva de ley.
La resolución de esta acción de inconstitucionalidad no implica ningún aval del Tribunal Constitucional a métodos abortivos, toda vez que eso no fue objeto de la discusión, aclaran.
Los magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas salvaron el voto, considerando, en primer término, que para resolver este asunto con todos los elementos necesarios era preciso dilucidar aspectos científicos sobre el inicio de la vida humana, los efectos abortivos que podría tener el fármaco y las consecuencias para la salud de la mujer de su venta sin receta y ninguna otra limitación de edad y frecuencia.