San José, 13 nov (elmundo.cr) – La Sala Constitucional evacuó la consulta de constitucionalidad del proyecto de ley que se tramita en el expediente electoral n.°164 -2024, denominado “Reformas a la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del (sic) Seguro Social, Ley n.°17 del 21 de octubre de 1943, para despolitización y defensa de su autonomía”, en el sentido de que lo dispuesto en el artículo 6.2.e).d.3 del proyecto es inconstitucional.
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) consultó el proyecto de ley sobre el cual se ha solicitado autorización para someterlo a referéndum por iniciativa ciudadana. En concreto, se plantea la interrogante acerca de la constitucionalidad de las normas contenidas en el art. 6.2.d) y 6.2.e).d.3 de la versión final de la citada iniciativa.
La Sala Constitucional declaró inadmisible la consulta respecto de lo dispuesto en el art. 6.2.d) del proyecto de ley sometido al trámite de referéndum. Lo anterior, por cuanto el TSE no formuló ninguna duda de constitucionalidad en relación con dicho numeral.
De otra parte, la Sala concluyó que el artículo único que introduce un art. 6.2.e).d.3 del proyecto de ley consultado es inconstitucional, debido a que el mecanismo propuesto carece de fundamentación y luce discriminatorio, pues se le pretende otorgar a una asociación en concreto la competencia de elegir a varios miembros de la junta directiva de la CCSS, sin que se verifique que el proyecto contenga mecanismos de participación efectivos y representatividad de todos los asegurados y, de ese modo, se resguarden el principio democrático y el art. 33 constitucional.