San José, 14 ene (elmundo.cr) – La Sala Constitucional resolvió un recurso de amparo a favor de una mujer de 84 años, quien reside sola y padece múltiples enfermedades crónicas, ordenando a la Municipalidad de Jiménez garantizar su acceso al agua potable.
La decisión se tomó tras la suspensión del servicio a la adulta mayor en enero de 2025, debido a una deuda en el pago.
La Sala Constitucional, al analizar el caso, consideró que la situación de la mujer, que vive con una pensión mínima y enfrenta condiciones de salud delicadas, requería una atención especial. La jurisprudencia constitucional establece que, ante la suspensión del servicio por falta de pago, se debe asegurar una fuente de agua potable a menos de 50 metros de la vivienda. En este caso, la fuente más cercana estaba a 60 metros, lo que la Sala consideró insuficiente.
Además, el tribunal destacó que, dadas las condiciones de vulnerabilidad de la mujer, era contrario a su salud y dignidad exigirle que transportara agua, incluso a la distancia permitida.
En la sentencia 2026-000647, la Sala declaró parcialmente con lugar el recurso, reconociendo el derecho de las entidades administradoras a suspender el servicio por falta de pago, pero enfatizando la obligación de garantizar el acceso al agua, especialmente en casos de vulnerabilidad.
La resolución completa del caso se publicará en el sitio web del Poder Judicial, Nexus, una vez finalice el proceso de redacción y notificación a las partes.