Sala Constitucional declara incumplimiento por contaminación con clorotalonil en Cartago

San José, 2 may (elmundo.cr) – La Sala Constitucional resolvió una gestión de desobediencia relacionada con la contaminación de agua con clorotalonil en las nacientes Carlos Calvo y Plantón, ubicadas en Cipreses de Oreamuno de Cartago.

La resolución se basa en el incumplimiento de lo ordenado en la sentencia 2022-026065, emitida el 4 de noviembre de 2022.

Los recurrentes argumentaron que, a pesar de la publicación del decreto ejecutivo nro. 43280-S-MAG-MINAE, que prohíbe el uso de clorotalonil, la actividad agrícola con este plaguicida continúa.

Además, señalaron que las autoridades no utilizaron los parámetros del Reglamento para la Calidad del Agua Potable al levantar las medidas sanitarias.

En la sentencia 2025-12770, los magistrados determinaron el incumplimiento de la resolución anterior, que ordenaba a las autoridades del Ministerio de Salud y del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados “solucionar de manera integral y definitiva la situación de contaminación por metabolitos de clorotalonil en las nacientes de Plantón y Carlos Calvo de la ASADA de Cipreses de Oreamuno”. También se les ordenó garantizar el suministro de agua potable a las comunidades afectadas.

El Tribunal Constitucional constató que las medidas sanitarias fueron levantadas en octubre de 2024, basándose en parámetros de la Organización Panamericana de la Salud. Sin embargo, los valores de referencia legalmente vigentes son los del Reglamento para la Calidad del Agua Potable, que establece una concentración máxima de 0,1 μg/L para plaguicidas y un máximo de 0,5 μg/L para la suma total de plaguicidas. Se encontró que varios metabolitos de clorotalonil superaban estos límites en las nacientes.

La sentencia integral del expediente está en redacción y será publicada en el sitio electrónico del Poder Judicial, Nexus.

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