Sala Constitucional da luz verde a aprobación de Ley para castigar relaciones impropias con menores de edad

Acoso sexual relaciones impropias EMCR

San José, 12 oct (elmundo.cr) – La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (conocida popularmente como la Sala IV) dio luz verde a la aprobación en segundo debate del proyecto de Ley para prohibir y sancionar las relaciones impropias y prohibir el matrimonio con personas menores de edad.

Los magistrados resolvieron este miércoles la consulta facultativa que presentó la Asamblea Legislativa al proyecto de Ley, tramitado en el expediente 19.337. Tras analizar el texto, no encontraron ningún vicio de inconstitucionalidad.

Esta iniciativa reforma varios artículos del Código Penal, el Código de Familia, Código Civil, Ley de creación del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, para fortalecer la protección legal a menores de edad, ante situaciones de violencia de género asociadas a relaciones abusivas.

Los Magistrados Castillo Víquez, Hernández López, Salazar Alvarado y Hernández Gutiérrez dieron razones adicionales a las que la unanimidad de la sala adoptó. Las Magistradas Hernández López y Salas Torres pusieron nota conjunta. El Magistrado Cruz Castro puso nota separada.

El fallo íntegro aún no se ha dado a conocer. Será hasta que sea notificada a la Asamblea Legislativa que se pueda votar por segunda ocasión, antes de enviarla a Casa Presidencial para que lo convierta en Ley de la República.

El proyecto estipula penas de cárcel para las personas mayores de edad, que tengan relaciones sexuales con mayores de 13 años y menores de 18 años. Tener relaciones sexuales con alguien de menos de 13 años, se considerará violación.

Una vez el proyecto sea convertido en Ley, se penará con cárcel de 3 a 6 años, a la persona que tenga relaciones sexuales con una alguien mayor de 13 años y menor de 15 años, cuando el autor le supere la edad al menor en cinco o más años.

De este modo, una persona de 13 años no podrá tener relaciones sexuales con alguien mayor de 18 años y un menor de 14 años no podrá tenerlas con alguien mayor de 19 años.

La otra pena es de 2 a 3 años de cárcel, para quien tenga relaciones sexuales con una persona que tenga más de 15 años pero menos de 18, siempre y cuando el autor le supere en 7 años o más la edad a la víctima.

Un menor de 15 años no podrá tener relaciones sexuales con alguien de 22 años o más, si el menor tiene 16 años, no podrá hacerlo con alguien de 23 años o más, mientras que si tiene 17 años, no podrá tenerlas con alguien de 24 años o más.

En caso de que las condenas que se dicten en los juzgados sean inferiores a cinco años, se aplicaría la ejecución condicional de la pena, sin embargo la hoja de delincuencia de la persona estará manchada durante 10 años, posteriores al cumplimiento de la pena.

REACCIONES. Maureen Clarke, diputada del Partido Liberación Nacional (PLN) afirmó que este “es el mejor regalo que le podemos dar a las niñas y adolescentes de este país”.

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Maureen Clarke.

La legisladora afirmó que esto las dotará de un marco jurídico que las proteja más y que lo que corresponde ahora es que las instituciones públicas den a conocer las nuevas prohibiciones.

“Es una señal a todos aquellos hombres que prefieren jovencitas menores de 18 años, para que tengan cuidado”, manifestó.

Otto Guevara, diputado del Movimiento Libertario y quien promovió la consulta del proyecto ante la Sala Constitucional, manifestó que respeta el fallo de los diputados.

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Otto Guevara.

Sin embargo, el legislador dijo que el la diferencia de siete años entre la persona de menor y mayor edad con el que se fijarán los castigos no tiene criterios técnicos y que por ese motivo, votará en contra la iniciativa en segundo debate.

“La mayoría tomará una decisión, que posiblemente sea a favor del proyecto”, concluyó el legislador.

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