San José, 30 jun(elmundo.cr) – Con un texto de más de 300 artículos, la Reforma Procesal Laboral hace cambios sustanciales en materia del derecho del trabajo en Costa Rica y por tanto, trabajadores y empleadores se verán sometidos a una dinámica distinta en las relaciones obrero-patronales.
Esta reforma comprende cambios de importancia en tres ejes: el derecho laboral individual, el derecho laboral colectivo y el derecho laboral procesal.
La Ley mencionada entrará a regir 18 meses después de la publicación, es decir, el día 25 de julio del año 2017.
Entre los puntos más importantes que se modifican en el ámbito individual están: se exigirá que la carta de despido sea clara, detallada y con pruebas de los motivos del cese laboral; las embarazadas y los empleados que sean discriminados sin justificación tendrán una mayor protección por parte de los jueces, quienes podrían ordenar reinstalar a los empleados de ser necesario y pedir indemnización.
A nivel procesal, los empleados podrán acceder a asistencia legal gratuita si tienen un salario menor a los 852 mil colones, la aplicación de la oralidad en los procesos y nuevos plazos en los tiempos de respuesta en procedimientos ordinarios y especiales. Los jueces tendrán más atribuciones a favor del empleado y podrían poner castigos más fuertes a los que reclama el trabajador, incluso se puede condenar a favor de la CCSS.
En cuanto a nivel colectivo, no se podrá despedir a los empleados que son líderes sindicales, tendrán además flexibilidad con los distintos tipos de huelgas a las que se pueden asistir, sean huelgas graduales, por horas o jurídicas.
Dicha Ley surgió como una iniciativa para dotar de regulaciones actualizadas a las relaciones entre empleados y trabajadores en procura de generar procesos administrativos y judiciales más ágiles y expeditos, ante la necesidad de cumplir, en materia laboral, con los mandatos constitucionales de justicia pronta y cumplida.
El texto finalmente aprobado fue publicado el pasado 25 de enero del 2017, en el Diario Oficial La Gaceta.
La ley pudo ser finalmente aprobada debido a que se exceptuó la autorización de la huelga en los servicios públicos esenciales, razón primordial del veto de la entonces Presidente Laura Chinchilla Miranda y la discusión posterior que dicho aspecto generó en el país.
La tutela de los dominios de protección, la protección contra la discriminación laboral, la condena automática por el pago de cargas sociales por salarios no reportados y las modificaciones para agilizar los procesos judiciales laborales así como la creación de la asistencia legal gratuita, implican cambios importantes en el desarrollo de la relación laboral y en la tramitación de los procesos judiciales.