Recordatorios de las listas de conductas que son sancionadas de forma más severa en la Ley de Tránsito 

San José, 25 may (elmundo.cr) – El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), recuerda la lista de conductas que son sancionadas de forma más severa en la Ley de Tránsito, incluso con acumulación de puntos.

MOPT explica que el Artículo 143, acumula 6 puntos y la sanción es de ¢368.000: 

  • Conducir bajo los efectos del alcohol. 
  • Conducir a más de 120 kms /hr. 
  • Conducir con la licencia suspendida. 
  • Conductor que adelante en curva, intersecciones, puentes, otros. 
  • Conductor que invada carril separado por la línea de barrera continua. 
  • Conductor que gire en U o a la izquierda donde hay señalamiento. 
  • Conductor que se niegue a realizarse la prueba de aliento. 
  • Producir ruidos o emisiones que excedan los límites establecidos. 

Por otro lado, el Artículo 144, acumula 4 puntos y la sanción es de ¢248.000: 

  • Conductor con menor de 12 años / 1,45 estatura sin dispositivos. 
  • Conductor que infrinja el Art 115 / Materiales Peligrosos. 
  • Conductor bicimoto/motos con acompañantes menores de 5 años. 
  • Conductor que irrespete señal de ALTO. 
  • Conductor que irrespete luz ROJA del semáforo. 
  • Conductor con placas que no corresponde. 
  • Conductor a más de 40 Kms/hr sobre límite máximo establecido. 

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