PUSC propone condonar millonarias deudas de sociedades anónimas por impuesto anulado

Diputados del PUSC.
Diputados del PUSC.
Diputados del PUSC proponen condonar las deudas de las sociedades anónimas que no pagaron el impuesto correspondiente antes de que la ley fuera declarada inconstitucional.

San José, 7 jul (elmundo.cr) – Los diputados de Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) proponen que en el proyecto de Ley para resucitar el impuesto a las personas jurídicas, se agregue una condonación a las deudas que tienen dichas sociedades por el impuesto anterior, el cual fue anulado por la Sala Constitucional.

Esto haría que más de 300 mil personas jurídicas que según un informe de auditoría reciente realizado por la Contraloría General de la República están morosas, no paguen los miles de millones de colones que adeudan por concepto de este impuesto.

El diputado Luis Vasquez afirmó que esto es una forma de hacer justicia para las personas que menos recursos tienen, ya que pagar lo adeudado desde que el impuesto fue promulgado en el año 2011 y entró en vigencia en el año 2012, sería un duro golpe para las finanzas.

Además, cuestionó que se insista en cobrar lo adeudado por ese impuesto, pese a que la Sala Constitucional se lo trajo abajo.

Mismos argumentos empleó su compañera socialcristiana, Rosibel Ramos Madrigal.

“Los morosos del impuesto a sociedades anónimas son gente de escasos recursos, por eso buscamos condonar sus deudas”, dijo la diputada.

La idea no caló muy bien en Patricia Mora, diputada presidenta del Frente Amplio quien dijo que los efectos que tendría condonar esa deuda para la seguridad pública serían devastadores.

Datos en manos de la diputada señalan la cifra a condonar como superior a los 180.000 millones de colones, dato refutado por el PUSC quien afirma que la morosidad según Hacienda ronda los 5,1%.

Sin embargo, los datos de ambos son refutados en el informe de auditoría de la Contraloría, que reveló que en el año 2012, primero en el que se cobró el impuesto, la morosidad es de un 47,6% de las sociedades registradas.

Y aunque el ente contralor no hizo la diferenciación de la cantidad de sociedades activas o inactivas a la que corresponde la cifra global cuando emitió su informe el mes anterior, el pago mínimo por ese impuesto (que se le gravaba a las sociedades inactivas) que era de 100.850 colones, daba un monto de morosidad de al menos 25.329 millones de colones.

Cabe resaltar que dicho monto continuaba siendo adeudado a la fecha en la que la Contraloría emitió su informe de auditoría.

Para el 2013 lo adeudado es superior a los 27.644 millones de colones, mientras que en el 2014, el monto adeudado llegó a los 30.807 millones de colones. Para el año en que se emitió la declaratoria de inconstitucionalidad, en el 2015, la morosidad fue de un 65,5% de las sociedades inscritas, equivalente a 36.858 millones de colones.

En total, lo adeudado a la fecha llega a, al menos, 120 mil millones de colones. 

POSIBLE INCONSTITUCIONALIDAD

Cuando los magistrados de la Sala Constitucional emitieron el fallo que se trajo abajo el cobro del impuesto a las personas jurídicas, el cual financiaba a los cuerpos de seguridad en nuestro país, dimensionaron los efectos de su sentencia, dejando establecido que el impuesto correspondiente al año 2015 debía pagarse, más no el del año 2016 en adelante.

“En materia tributaria resulta de primordial relevancia el dimensionamiesto en el tiempo de un fallo estimatorio de inconstitucionalidad, habida cuenta, que su efecto retroactivo podría generar graves dislocaciones tributarias o financieras, por tratarse de ingreso percibidos por la Hacienda Pública, y en la mayoría de los casos, presupuestados, y ejecutados en presupuestos públicos sucesivos”, dice el voto de los magistrados de ese entonces.

En él, dejaron claro que las sociedades debían pagar el impuesto correspondiente al año 2015, incluidos los años anteriores que estuvieran pendientes con los intereses y multas establecidos en la Ley declarada inconstitucional.

Todos los contribuyentes deben pagar el monto correspondiente al periodo fiscal 2015, y obviamente, los anteriores si se encuentran morosos, so pena de verse sometidos a las multas, intereses y demás sanciones previstas en la Ley que ahora se declara inconstitucional“, dice la sentencia.

Para los socialcristianos, el fallo de los magistrados no es correcto, pues obliga a pagar un impuesto que fue promulgado inconstitucionalmente.

Sin embargo, el fallo de la Sala es de acatamiento obligatorio para el Gobierno por lo que no puede suspender el cobro de lo adeudado por ese impuesto.

Inclusive, la Contraloría General de la República al emitir las disposiciones de su informe de auditoría sobre la morosidad de este tributo, ordenó al Registro Nacional empezar con la cancelación de los registros de aquellas sociedades que tuvieran más de 4 años adeudados, sanción establecida en la Ley anulada.

A la fecha, ni una sola de las sociedades que según la Ley inconstitucional debería haber sido desincrita del Registro Nacional, lo ha sido. La cifra de sociedades que según la Contraloría deberían haber sido disueltas es de 250.501, prácticamente la mitad de las sociedades inscritas ante el Registro en el año 2015.

Rosibel Ramos afirmó que consultarán su pretensión con expertos legales para tener claro si la condonación podrá efectuarse o no, sin embargo, dejó claro que su partido no apoyará este proyecto de Ley, pues su posición es no más impuestos hasta que se le haya entrado al tema de empleo público. 

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