
San José, 28 may (elmundo.cr)- . El próximo sábado 1º de junio vence el plazo para que los partidos políticos debidamente inscritos soliciten el cambio de su nombre, lema o divisa (bandera), previa modificación estatutaria, y que se cambio aplique para los próximos comicios municipales de 2020.
Según el artículo 55 del Código Electoral, “el nombre, la divisa y el lema de un partido le pertenecen con exclusividad. Es inadmisible la inscripción de un partido con elementos distintivos iguales o similares a los de otro partido inscrito en cualquier escala o con derecho de prelación (precedencia) para ser inscrito, cuando con ello pueda producir confusión. En estos elementos distintivos no se admitirán como divisa la bandera o el escudo costarricenses o de otros países, ni la invocación de motivos religiosos o símbolos patrios”.
Además, el artículo indica que “en cualquier tiempo, los partidos políticos inscritos podrán cambiar su nombre, la divisa o el lema, previa modificación de sus estatutos, excepto dentro de los ocho meses anteriores a una elección”.
Actualmente el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) tiene 99 agrupaciones inscritas, de las cuales 20 son nacionales, 18 provinciales y 61 cantonales.
En las votaciones que tendrán lugar el 2 de febrero del año entrante, se elegirán un total de 6.138 cargos de elección popular entre alcaldes, vicealcaldes, regidores, intendentes, viceintendentes, síndicos, miembros de concejo de distrito y miembros de concejos municipales de distrito.