
San José, 22 set (elmundo.cr) – El presidente ejecutivo del Consejo Nacional de Producción (CNP), Rogis Bermúdez, manifestó estar satisfecho con la sentencia hecha por el Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José.
El Juzgado de Trabajo declaró ilegal la huelga promovida por el sindicato de trabajadores del CNP.
Según el fallo dictado por el juez Arnoldo Álvarez Desanti, la protesta de los sindicatos no tiene cabida pues el retiro del expediente 20.580 Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, escapa de la competencia del CNP.
Además, recalcan que la huelga está diseñada para resolver problemas entre los trabajadores y el patrono, y el motivo del actual movimiento escapa de esta característica pues se trata de un tema de carácter nacional.
“Nos complace la sentencia porque es contundente respecto al ejercicio ilegítimo del derecho a huelga y, quedaremos a la espera de que quede en firme para aplicar las medidas disciplinarias”, señaló Bermúdez.
El CNP cuenta con un total de 518 funcionarios, 78 de estos se hicieron presentes a la huelga para el día 12 de septiembre, lo que representó un 15,1% del total de planilla.
De acuerdo a lo establecido en la ley, en apego al artículo 385 del Código de Trabajo, una vez declarada en firme la ilegalidad de la huelga, las personas que se encontraban en huelga cuentan con 24 horas para regresar a sus puestos de trabajo, de lo contrario se procede al despido sin responsabilidad laboral.
Sin embargo, los trabajadores tienen la posibilidad de apelar la resolución en una segunda instancia en los próximos tres días hábiles.
Por su parte el gobierno reiteró la obligación de hacer cumplir el ordenamiento legal, y en este caso, el Código de Trabajo y su reciente Reforma Procesal Laboral, que definen los requisitos de forma y fondo que se deben respetar, si se busca que una huelga sea legal.