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¿Por qué se creó un subsidio oculto en los combustibles y a quienes beneficia?

Fotografía de archivo
Gasolina
Los costarricenses pagan 10 colones más por cada litro de combustibles, producto de un subsidio que abarata el costo del gas, búnker, asfalto y emulsiones asfálticas.

San José, 22 ago (elmundo.cr) – Diputados, empresarios y la población en general están a la espera de que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, determine si el subsidio cargado en los combustibles puede sostenerse o no.

Un total de cuarenta legisladores suscribieron un recurso de amparo que estudian los magistrados, contra un Decreto Ejecutivo emitido por el Gobierno de Luis Guillermo Solís.

La polémica se incrementó en los últimos meses, a raíz de diversas declaraciones de funcionarios y publicaciones de organizaciones de la sociedad civil molestas por el precio de los combustibles.

EL MUNDO explica a continuación a la población costarricense en qué consiste el decreto que emitió el Poder Ejecutivo, a quienes beneficia y cuáles podrían ser los posibles fallos de la Sala Constitucional con respecto al tema.

¿QUÉ DICE EL DECRETO EMITIDO POR EL GOBIERNO? 

Edgar Gutierrez

El 12 de enero de 2016, el Presidente de la República Luis Guillermo Solís Rivera y su ministro de Ambiente y Energía, Edgar Gutiérrez Espeleta emitieron el Decreto Ejecutivo 39437-MINAE, el cual es señalado como la norma responsable de haber creado el subsidio al gas, búnker, asfalto y productos similares.

Los diputados impugnaron ese decreto en la Sala Constitucional afirmando que violenta los artículos 45, 46, 121 inciso 13, 140 inciso 3 y 149 inciso 6 de la Constitución Política.

Dichos artículos hablan sobre la inviolabilidad de la propiedad, el derecho a la protección de sus intereses económicos, a la libertad de elección y a un trato equitativo, los cuales según los legisladores el subsidio violenta. También se afirma que lesiona la reserva de Ley, que tiene la creación de impuestos y subsidios.

Fue una investigación hecha por el equipo Data del diario La Nación el que encontró ese subsidio oculto, el cual encarece las gasolinas con el fin de abaratar el gas, el combustible búnker, el asfalto y las emulsiones de ese producto.

Posterior a la revelación de esa investigación, la ARESEP tomó la decisión de poner en discusión una nueva metodología que eliminaría dicho subsidio oculto. La primera audiencia para poner en discusión dicha metodología se llevaría a cabo el día 14 de enero.

El decreto se emitió dos días antes de que el ente regulador llevara a cabo dicha audiencia.

La investigación reveló que el subsidio se implantó en el año 2008, cuando la ARESEP estaba al mando de Fernando Herrero, quien fue ministro de Hacienda en los Gobiernos de José María Figueres y Laura Chinchilla.

Para setiembre del año 2014, los costarricenses que consumieron diésel desde el año 2009 pagaron por ese subsidio escondido un total de 73.500 millones de colones, los cuales generaron un ahorro a los consumidores de gas por 33.270 millones de colones.

Las empresas que usaban asfalto y emulsión asfáltica pagaron 11.600 millones menos por el producto, gracias al subsidio que pagaron los consumidores de gasolina súper y regular, que en ese periodo de tiempo llegó a los 29.500 millones.

¿POR QUÉ EMITIERON ESE DECRETO? 

gas
El gas iba a aumentar su precio un 72% de eliminarse el subsidio que estaba vigente desde 2008.

Los empresarios habían empezado a alertar durante todo el mes de diciembre, que la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), encabezada en ese entonces por el regulador general Dennis Meléndez, pretendía aumentar el precio del gas en un 72%, el combustible búnker en 35% y el asfalto en un 45%.

Esto pues la metodología eliminaba el subsidio oculto que se había creado en el 2008, afirmando que el mismo no tiene relación con el servicio que presta la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) y que por tanto, no debe recargarse en las tarifas.

Ese fue el mismo criterio que la ARESEP usó para no recargarle a los usuarios durante varios meses, la convención colectiva de RECOPE, ya que la Ley de ARESEP la faculta a rechazar el reconocimiento de costos que no tienen relación con la prestación del servicio.

En resumen, la nueva metodología bajaría en un 2% las tarifas de los combustibles, pero subiría considerablemente el precio de productos usados por la gran mayoría de empresas privadas en el país.

El Gobierno acogió las advertencias y llamadas que hizo el sector productivo nacional, y optó por emitir un decreto que impediría ese aumento importante.

¿EL DECRETO ES LEGAL? 

Corte Suprema de Justicia-edificio Corte Sala Constitucional IV (3)

La legalidad del Decreto Ejecutivo emitido por el Poder Ejecutivo a inicios de este 2016 está siendo analizada en la Sala Constitucional, sin embargo hay dos opiniones diferentes sobre dicho decreto.

Quienes lo adversan afirman que este crea un subsidio ilegal y oculto que se recarga en los combustibles, en perjuicio de los consumidores de diésel, gasolina súper y regular, encareciendo el precio de dichos productos en casi 10 colones por litro.

La base que usan quienes piden anular este decreto, es que la Ley 6588 que regula a la Refinadora Costarricense de Petróleo, vigente desde 1981, establece en su transitorio número cuatro que a partir de la vigencia de dicha Ley, no pueden crearse nuevos subsidios ni aumentar los que existieran en ese entonces, a menos de que la Asamblea Legislativa aprobara un proyecto de Ley para ello.

El subsidio que se aplicó en el 2008 no se creó mediante una Ley, tampoco el subsidio que está vigente desde enero de 2016, por tanto, si se usa como base la Ley de RECOPE, el subsidio sería inconstitucional por violentar la reserva de Ley, que tiene la creación de nuevos subsidios según el transitorio cuatro de esa norma.

Quienes respaldan el Decreto Ejecutivo usan como base el texto del mismo. Y es que de una lectura de este se desprende que el subsidio no fue creado mediante esa herramienta, sino que lo que hizo el Poder Ejecutivo, fue emitir una política sectorial, a la cual la ARESEP debe apegarse según la Ley, a pesar de ser una institución autónoma.

Precisamente, el nombre del decreto que emitió el Presidente de la República y su Ministro de Ambiente se titula “Política Sectorial para los precios de gas licuado de petróleo, búnker, asfalto y emulsión asfáltica” y consta solo de cuatro artículos.

El primero de ellos declara de interés público dicha política sectorial, el segundo dicta que los precios de venta de Gas Licuado de Petróleo (GLP), búnker, asfalto y emulsión asfáltica deberán tener, a partir del año 2016, un precio similar al que estaba vigente en el período 2008-2015, “mientras tanto no exista disponibilidad de combustibles alternativos más limpios a precios competitivos y no haya capacidad de suministro de los mismos a nivel nacional”.

El artículo tercero dice que la política emitida mediante ese decreto “tiene el propósito de servir como herramienta de consulta permanente, que proporciona información técnica, pautas y directrices uniformes de utilidad para el sector público, privado, empresarial y otros sectores que coadyuven con el financiamiento para su implantación, así como de la ciudadanía en general”.

Finalmente el artículo cuarto establece que su vigencia será a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

En ninguno de los cuatro artículos del decreto se establece que la forma en la que el gas, el combustible búnker, el asfalto y la emulsión de este producto, mantendrán los precios del periodo 2008-2015, será mediante un subsidio que se recargará en los combustibles.

ARESEP no está sujeta a los lineamientos del Gobierno, pero sí a lo que diga el Plan Nacional de Desarrollo, planes sectoriales y las políticas sectoriales que dicte el Poder Ejecutivo, como lo es esta política para mantener estable el precio de esos productos.

Por ello debió acatar lo que el Gobierno dispuso en esa política: garantizar que esos productos mantendrán precios similares a los del periodo 2008-2015 y optó por cumplir con ello, mediante un subsidio recargado en los combustibles de casi 10 colones por litro.

En caso de que la Sala Constitucional fallase en el sentido de que el subsidio es ilegal por violentar la reserva de Ley, la condena recaería en el acto administrativo que la ARESEP cometió al establecer, que la forma en la que cumpliría con esa política sectorial, era encareciendo el precio de los combustibles al implantar un subsidio.

¿A QUIENES BENEFICIA EL SUBSIDIO? 

La empresa CEMEX
La empresa CEMEX es una de las que se beneficia del subsidio al combustible tipo búnker.

Datos oficiales remitidos por la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) revelan que un total de 22 empresas privadas y seis entidades públicas se ven beneficiadas con el actual subsidio, al abaratar el precio del asfalto.

Entre las empresas privadas que disfrutan del subsidio al asfalto están la empresa Autopistas del Sol S.A., concesionaria de la Ruta 27 San José-Caldera, las constructoras Guarco S.A., El Bajo del León S.A., Hernán Solís S.R.L., Herrera S.A. y Meco S.A.

Entre las públicas están el Instituto Costarricense de Electricidad, varias municipalidades y el propio Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

Del subsidio al Gas Licuado de Petróleo (GLP) se benefician 14 empresas, entre las que figuran la propia Gas Zeta, CVG Aluminios Nacionales, Gas Tomza de Costa Rica y Vidriera Centroamericana (VICESA). Esta última advirtió que de caerse el subsidio, abandonará el país dejando sin trabajo a centenares de personas.

En el caso del búnker son 54 las empresas que se benefician del subsidio recargado en los combustibles. Entre ellas figura la cementera Cemex Costa Rica, Coca Cola, Dos Pinos, Gerber, VICESA y Ticofrut.

Precisamente que haya empresas grandes, -que inclusive reciben millonarios contratos con el Estado-, entre las que figuran como beneficiadas del subsidio es lo que genera un mayor malestar en los consumidores de gasolinas.

De acuerdo con un comunicado de prensa emitido por la ARESEP, el costo del subsidio es de 2203 millones de colones mensuales, el cual debe ser cubierto por los productos que no están subsidiados: las gasolinas súper y regular y el diésel.

Luis Vásquez, diputado del PUSC y quien promovió el recurso de amparo contra el subsidio, así como una denuncia ante la Contraloría General de la República en contra de los jerarcas de RECOPE, ARESEP, Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y el MINAE, afirma que existe la probabilidad de que empresas que están recibiendo subsidios, estén vendiendo dicho producto subsidiado a otras empresas.

Asimismo, señaló discrepancias sobre a cuál de las instituciones -RECOPE o MINAE- le corresponde velar porque ello no ocurra.

La denuncia ante la Contraloría pretende que se determinen las sanciones administrativas contra los funcionarios responsables de firmar y redactar el decreto, para luego usarlo como prueba ante una denuncia en el Ministerio Público.

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