San José, 14 jun (elmundo.cr) – La diputada del Partido Liberación Nacional, Paulina Ramírez, destacó la importancia del proyecto que recibió primer debate nuevamente esta tarde posterior a moción de consenso construida en trámite de retrotracción al expediente 19.531 Ley de Regímenes de Exenciones del Pago de Tributos, su Otorgamiento y Control sobre su Uso y Destino.
“El proyecto viene a regular el procedimiento de otorgamiento, liberación, liquidación, traspaso y control sobre uso y destino, de las exenciones que se encuentran bajo tutela de la Dirección General de Hacienda, así como la creación de un régimen sancionatorio aplicable a incumplimientos a la normativa que rige las exenciones”, explicó la congresista.
La iniciativa fue presentada a la corriente legislativa en el mes de abril del año 2015 y tras siete años de trámites, consultas, audiencias, textos sustitutivos y negociaciones políticas, finalmente hay un producto que se convertirá en ley de la República.
Además de eliminar o derogar casi 140 leyes obsoletas que otorgaron en algún momento una exención que ya fue disfrutada y feneció, define un procedimiento claro para el otorgamiento de la autorización para disfrutar el beneficio de la exención, para liquidarlas, es decir para quitarlas y para sancionar a quien mal utilice el beneficio en su disfrute o no tenga autorización para hacerlo.
Ramírez recordó que en el período 2014-2018 tuvo la oportunidad de impulsar esta propuesta desde la Comisión de Asuntos Hacendarios. “Siempre he creído en la idea de que, para enfrentar la crisis fiscal que tiene el país, resulta necesario introducir reformas estructurales en al menos cuatro ejes fundamentales: mejorar el ingreso, dar calidad al gasto público, reducir la evasión y ordenar el tema de las exoneraciones y exenciones”, dijo la legisladora.
En el texto se incorporan las definiciones correspondientes, relacionadas con la autorización de exención, beneficiario, beneficiario inmediato, beneficiario mediato, ente recomendador, exención de carácter objetivo, exención de carácter subjetivo, liberación, liquidación y reciprocidad.
También, se fijan las competencias de la Dirección General de Hacienda en esta materia y se regula la denegatoria. Aunado a ello, con la moción de consenso aprobada durante la retrotracción del proyecto, se redujo el plazo de las prescripciones de 5 a 4 años.
Adicionalmente, se regula lo relativo a la liberación de los bienes adquiridos con exención, los tipos de liquidación, y se establece el procedimiento para la revocación de la autorización de exención, con lo cual, la obligación tributaria procede cuando queda demostrado un uso distinto del previsto en la ley de los bienes exonerados por parte del beneficiario.
Asimismo, se establecen los tipos de infracciones administrativas (de mal uso y destino de los bienes exonerados, omisión de presentación de informes y falta de pago de liquidación de tributos) y se propone el procedimiento sancionatorio respectivo, entre otras disposiciones.
Por su parte, el Ministerio de Hacienda tendrá la obligación de evaluar la eficacia, pertinencia y validez de las exoneraciones otorgadas en cada régimen vigente, debiendo analizar la necesidad de mantener, modificar, reducir o eliminar parcial o totalmente, la exoneración correspondiente.
Los estudios realizados a este efecto, que deberán estar listos dentro de los siguientes dos años a partir de la entrada en vigencia de la ley, deberán ser publicados y puestos en conocimiento de la Asamblea y del órgano contralor.
A partir de tales estudios, el Poder Ejecutivo presentará el proyecto de ley derogando aquellas exoneraciones que se consideró ya cumplieron su objetivo y estableciendo un plazo de vigencia máximo de 5 años para aquellas respecto de las cuales se recomendó su continuidad.
La nueva ley obliga a que las exenciones sean revisadas con frecuencia, con el objetivo de que se valore su interés actual, el valor que agregan y sus resultados. Es un proyecto de ley que ha durado mucho desde su presentación, pero finalmente le ha llegado su hora.