
San José, 29 nov (elmundo.cr) – El plazo oficial para cancelar el aguinaldo inicia el 1° de diciembre y concluye el jueves 20 de ese mismo mes.
La fecha aplica tanto para el sector público como el privado, según lo establecido por la legislación costarricense.
En caso de llegar el 21 de diciembre sin haber realizado el pago, los empresarios o entidades públicas se exponen al pago de intereses, denuncias ante el Ministerio de Trabajo (que pueden derivar en multas), o incluso, en demandas de los trabajadores en vía judicial.
Juan José Cheng, especialista en Derecho Laboral de Nassar Abogados señaló que “si una empresa no paga el aguinaldo, se expone a la apertura de un proceso por infracción a las leyes de trabajo, lo cual implica multas que van desde un salario base (431 mil colones) y hasta 23 salarios base, así como al pago de intereses por el tiempo en que demore en pagar los aguinaldos fuera del plazo”.
Para el cálculo del aguinaldo, se deben sumar los salarios ordinarios y extraordinarios (excluyendo el aguinaldo pagado en 2017, los subsidios pagados por la seguridad social, excepto en el caso de las trabajadoras embarazadas) que hayan sido pagados entre el 1° de diciembre del 2017 y hasta el 30 de noviembre de 2018, y dividir dicho monto entre doce.
Asimismo, si el trabajador laboró un tiempo menor dentro de ese mismo periodo, tiene derecho a un aguinaldo proporcional.