San José, 27 set (elmundo.cr) – La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto por una funcionaria del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), a la que la institución le abrió un proceso disciplinario usando como pruebas grabaciones de audio, correspondientes a llamadas telefónicas personales realizadas y recibidas.
De acuerdo con el Tribunal, dichas acciones lesionaron los derechos fundamentales de la funcionaria demandante, pues en el artículo 24 de la Constitución Política se establece que sólo por orden judicial resulta legítima la intervención de cualquier tipo de comunicación, cuando sea absolutamente indispensable para esclarecer asuntos penales sometidos a su conocimiento y ninguna de esas condiciones se cumplió en dicho caso.
“A la amparada se le sigue una causa disciplinaria, no una investigación relacionada con un delito, y por consiguiente la intervención nunca fue ordenada por una autoridad jurisdiccional”, afirman.
Ante ello, se le ordenó al AyA que procedan con la destrucción del disco compacto (CD) que contiene la grabación de las llamadas entre la demandante y la otra persona, así como cualquier otro registro digital o físico que contenga esa información, en un plazo de tres días.