
San José, 18 dic (elmundo.cr)- “El bloque de Nueva República pretende evitar abusos en las declaratorias de legalidad o ilegalidad de las huelgas, por lo que reiteramos el compromiso de tener una discusión seria sobre el tema”, aseguró Carmen Chan, sub coordinadora del grupo de diputados.
Este lunes el Congreso votó mayoritariamente a favor de dar trámite rápido al proyecto de ley presentado por Carlos Ricardo Benavides sobre las declaratorias de legalidad de las huelgas.
“A propósito de las posibles huelgas futuras es vital demarcar la cancha respecto a alcances y plazos, y lo más importante, cuáles son los servicios básicos e indispensables que vamos a proteger”, puntualizó la legisladora Ivonne Acuña.
Es importante para el bloque la discusión de los siguientes puntos:
1) Aún no hay certeza de las resoluciones judiciales, por lo que con este proyecto se norma una forma clara de notificaciones.
2) Se declarará ilegal la huelga cuando no cumpla con el objetivo para lo que fue creada, abusa de los tiempos en donde se afecten los servicios esenciales, y provoque caos.
3) De ninguna manera se permitirán las huelgas indefinidas en el sector salud y educación y se establece mediante una sentencia judicial, las personas que hagan uso abusivo de la huelga.
4) No debe presentarse caos, daños y alternación del orden público. Tampoco afectación a la educación, debe estar acorde a los principios constitucionales de necesidad, proporcionalidad, idoneidad en orden estricto. Por lo que debe de existir una valoración de los daños causados en los servicios esenciales, algo que corresponderá a los Jueces resolver como también las solicitudes de legalidad e ilegalidad de un movimiento de huelga.
5) Sera consorte de los Tribunales de Trabajo, la valoración de los plazos de acuerdo al fin que persigue el movimiento y se adicionan al artículo 381, inciso 6, “Nadie será obligado a pertenecer a sindicatos o grupos conformados”. También se adiciona un inciso al artículo 378 del Código de Trabajo: a) “Se establece el plazo durante el cual se puede ejercer el derecho de huelga, para evitar que este en lugar de ser un medio legítimo de presión para obligar a que la parte empleadora se siente a negociar, se convierta en un fin en sí mismo. Plazo que debe ser estar acorde con los principios de proporcionalidad, idoneidad, necesidad en sentid estricto”.