Tipo de Cambio para 23/12/2024: Compra: 504.67 / Venta: 509.95

Multan a 689 personas por violar restricción vehicular este sábado y madrugada del domingo

San José, 5 abr (elmundo.cr)- Durante la restricción vehicular de este sábado y amanecer del domingo, la Fuerza Pública multó a 689 personas por violar esta medida establecida ante la pandemia del coronavirus.

Durante la restricción de este sábado que dio inicio a las 5:00 a.m. y finalizó a las 5:00 p.m. se realizaron un total de 381 partes por infringir la disposición del Ministerio de Salud, 594 multas por otros casos y se sorprendieron a 4 conductores ebrios.

En tanto, durante la tarde- noche de este sábado y madrugada del domingo, el Ministerio de Seguridad Pública reportó que 308 conductores fueron sancionados por irrespetar la restricción vehicular sanitaria, además, se realizaron 816 partes por otros casos y se multaron a 8 conductores ebrios.

Las restricciones durante Semana Santa son las siguientes:

Del viernes 03 al martes 07 de abril: No podrán circular vehículos después de las 5:00 p.m., salvo excepciones. (Ver imagen adjunta) Durante el día, únicamente podrán circular las placas autorizadas. Asimismo, se procederá al cierre de establecimientos con permiso sanitario de atención al público y se restringirá el transporte público de larga distancia. Se mantendrán los servicios de alimentación a domicilio.

-Restricción vehicular nocturna ampliada de 5:00 p.m. a 5:00 a.m. (a partir del viernes a las 5:00 pm)

-Restricción vehicular diurna de 5:00 a.m. a 5:00 p.m. (a partir del sábado a las 5:00 am). No se permitirá el tránsito vehicular según el número final de la respectiva placa de circulación:

Sábado: vehículos cuya placa finalice en 0, 2, 4, 6 y 8.

Domingo: vehículos cuya placa finalice 1, 3, 5, 7 y 9.

Lunes: vehículos cuya placa finalice en 0, 2, 4, 6 y 8.

Martes: vehículos cuya placa finalice 1, 3, 5, 7 y 9.

-Reducción al mínimo del transporte público de larga distancia, únicamente dos carreras diarias. Las rutas restringidas corresponden a las que cubren distancias mayores a 75 kilómetros. Esto se acordó en un diálogo entre transportistas y el MOPT

-Cierre de establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento y atención a público presencial. Se permiten los servicios a domicilio.

-Se mantiene el servicio de taxi.

Del miércoles 08 al domingo 12 de abril: Por 5 días se aplicarán restricciones a la circulación de vehículos, intercambio de servicios, y tránsito de personas, en virtud del estado de emergencia nacional. Ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley de Emergencias y Prevención del Riesgo, respecto a la potestad del Poder Ejecutivo de imponer restricciones temporales durante una emergencia nacional.

Salvo casos exceptuados, se suspende la circulación de vehículos y tránsito de personas. Se garantizará el acceso a supermercados, abastecedores, pulperías y servicios de salud y farmacias sin restricción horaria, pero el traslado en vehículo quedará sujeto a las placas autorizadas por días.

También se suspende todo el transporte público, salvo transportes especiales de actividades productivas esenciales y servicio de taxi.

-No circulación de vehículos por las vías públicas. La lista de excepciones será comunicada el día de mañana.

-Se suspende todo el transporte público, salvo transportes especiales de actividades productivas esenciales.

-Restricción al tránsito vehicular con las siguientes excepciones: acceso a supermercados, farmacias y centros de salud sin restricción horaria.

-En caso de ir al supermercado o farmacia en vehículo, únicamente podrán circular:

Miércoles: vehículos cuya placa finalice en 0 y 1.

Jueves: vehículos cuya placa finalice en 2 y 3.

Viernes: vehículos cuya placa finalice en 4 y 5.

Sábado: vehículos cuya placa finalice en 6 y 7.

Domingo: vehículos cuya placa finalice en 8 y 9.

Estas medidas buscan evitar el traslado a sitios de recreo o que las personas salgan del país utilizando servicios de transporte público y con ello reducir las posibilidades del contagio para no colapsar los servicios de salud. El sector público se mantendrá en modalidad teletrabajo y atendiendo la emergencia durante Semana Santa y solo se darán los feriados de ley que corresponden a jueves y viernes, para evitar que vacacionen.

El 13 de abril se retomarán las restricciones vigentes al día de hoy.

El Ministerio de Salud anunció este domingo que hay 454 casos de coronavirus en Costa Rica.

Últimas noticias