San José, 14 mar (elmundo.cr) – El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), se refirió respecto a las reglas de cómo trasladar mascotas en el vehículo.
Desde el MOPT, hicieron las siguientes aclaraciones:
- La Ley de Tránsito NO establece ninguna normativa para el traslado de las mascotas.
- La Ley de Tránsito solo indica que no se debe hacer otra actividad mientras se conduce (usar el celular se indica explícitamente, pero cualquier otra actividad que se haga sería ilegal, como maquillarse, ir leyendo, ir tomando fotos con la cámara y llevar mascotas en los regazos, en los brazos, en el hombro, en la cabeza).
- Las mascotas no pueden conducir vehículos, ni deben viajar cargados por la persona que maneja.
- Se recomienda que el animalito vaya en los asientos traseros, que vaya sujeto con un dispositivo especial para ellos, para que “no salga disparado” y muera en un choque o para que no se convierta en un proyectil contra nosotros mismos, que no se esté asomando por la ventana, que se coloque una barrera que no le permita pasarse a los asientos delanteros y salvo que vaya con otra persona que lo controle, no debería ir de “copiloto” porque podría saltar sobre el conductor, arañarlo, caerle en los pedales, en fin, situaciones intempestivas que podrían generar un accidente fatal.Pero son sugerencias.
Además, recalcaron que la multa por cargar una mascota mientras se conduce es de 124 000 colones.