San José, 11 jul (elmundo.cr) – El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), informó que a partir de la primera quincena de este mes de julio, el Ministerio de Hacienda dejará de deducir de la planilla aquellos embargos judiciales, créditos, cuotas de afiliación, entre otros, que afecten el salario mínimo de los servidores públicos.
La decisión se fundamenta en lo dictado por los artículos 172 y 174 del Código de Trabajo que lo impiden, por lo que los ministerios de Hacienda y de Trabajo y Seguridad Social deben acatarlo.
La ministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Esquivel, explicó que “la protección a la inembargabilidad del salario mínimo, tiene por objeto procurar el bienestar y la existencia digna, comprendidos en el artículo 57 de la Constitución Política y en el Convenio 95 de la Organización Internacional del Trabajo”.
El MTTS indicó que esta medida aplicaría para 19 mil funcionarios que reciben un salario líquido mensual menor a ¢214.230. Las pensiones alimentarias son una excepción en esta norma impuesta.
La institución recalcó que será responsabilidad de cada trabajador atender las obligaciones de pago que no le serán aplicadas en vista de esta medida.