
San José, 21 ago (elmundo.cr) – Pese a que una sentencia en el año 2010 declaró que la enseñanza exclusiva de la Religión Católica en los centros educativos del país era contrario a la Constitución Política, el Ministerio de Educación Pública (MEP) mantiene en sus programas de educación religiosa contenidos exclusivamente centrados en el cristianismo.
El caso se remonta al año 2008, cuando se interpuso una acción de inconstitucionalidad contra la obligación de que la Conferencia Episcopal diera su visto bueno a los educadores que darían las clases de educación religiosa, al considerar que tal obligación quebrantaba una serie de valores, principios, preceptos constitucionales y los derechos fundamentales y humanos de estudiantes y educadores.
Tras dos años de estudio, la Sala Constitucional declaró “con lugar” la acción y anuló dicha obligatoriedad, sin embargo, además, estimó que pese al carácter confesional del Estado costarricense (uno de los pocos del mundo que aún tiene religión oficial), la separación entre la dimensión educativa y la religiosa impone una educación confesionalmente neutra.
A la hora de argumentar su fallo, los Magistrados reseñaron que, según diversos instrumentos del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, es relevante la facultad de una persona de cambiar de creencias religiosas, por lo que estimaron necesario que “los contenidos educativos deben reforzar la posibilidad de ejercer esa facultad que forma parte del contenido esencial de la libertad religiosa, lo que solo se logra conociendo la diversidad de credos religiosos”.
Asimismo, los jueces constitucionales dijeron que la educación pública debe ser laica para que se asegure el logro de los fines de esta, tales como la tolerancia, la comprensión y el entendimiento entre todos los grupos religiosos.
“Los contenidos curriculares de la educación pública, por consiguiente, deben ser fiel reflejo de tales objetivos que impone el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho de la Constitución. El carácter confesional del Estado no debe proyectarse o reflejarse en los contenidos de la educación pública que debe ser libre y pluralista”, dice el fallo.
Históricamente, los centros educativos autorizan a los estudiantes que no comparten las creencias que se enseñan en las lecciones de educación religiosa, a no recibir las lecciones. Sin embargo, para los Magistrados “no resulta una garantía suficiente, pues es necesario que el Estado procure que la reciban según el credo específico que profesan”.
De acuerdo con la sentencia, el hecho de que la materia de Religión trate exclusivamente sobre la católica, apostólica y romana, por el carácter confesional que tiene el Estado costarricense, lesiona gravemente valores y principios constitucionales y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos como la igualdad, la dignidad humana, el libre y pleno desarrollo de la personalidad, el pluralismo ideológico y confesional, la aceptación de la diversidad, la tolerancia, la comprensión, el entendimiento, la amistad y la coexistencia pacífica que debe imperar entre los grupos religiosos, la justicia y la propia libertad religiosa o de culto.
El fallo ordenó al MEP cambiar su programa de educación religiosa de modo que lo ofreciera en dos etapas: en la primera, donde cada estudiante tuviera las lecciones según el credo religioso que profese, impartidas por una persona que tenga idoneidad comprobada; y en la segunda, recibir la enseñanza religiosa con un enfoque que fomente la tolerancia, el respeto de los derechos humanos fundamentales, la dignidad humana, la diversidad religiosa, la no discriminación, el entendimiento, la comprensión y la amistad entre los grupos religiosos.
Siete años después de dicha sentencia, el Ministerio de Educación reconoció a EL MUNDO que los contenidos de las clases de Religión versan, únicamente, sobre el cristianismo. Así se desprende, además, de la lectura al programa de estudio de Educación Religiosa colgado en el sitio del MEP y el cual, no ha sido actualizado desde el año 2004.
El apartado de “Razón Jurídica” del programa resalta la confesionalidad del Estado, mientras que el enfoque curricular de la materia establecido por el MEP habla de “facilitar principios teóricos de carácter religioso y evangelizador, desde el núcleo esencial del mensaje cristiano, según la fe católica” y “Jesús y la Iglesia Católica con su significación religiosa, ética y trascendente”. Sus objetivos, también, muestran estar directamente ligados a la enseñanza del cristianismo.
“El programa vigente se orienta en los valores cristianos conforme lo establece la Ley Fundamental de Educación”, dijo José Marvin Salazar, jefe del Departamento de Educación Religiosa del MEP, quien agregó que, no obstante, “el programa no enseña religión católica ni ninguna otra, puesto que este no es el propósito de la asignatura de Educación Religiosa” y que uno de los criterios del programa es “el apoyo religioso, trascendente y cristiano a la cultura costarricense y al proceso educativo”.
Consultado sobre si un estudiante con creencias distintas al cristianismo recibía lecciones de educación religiosa adecuadas a su fe tal y como lo ordenó la Sala Constitucional, Salazar se limitó a decir que “debe haber una clara necesidad que va a estar determinada por el porcentaje de estudiantes que requieren el servicio de un profesor según la confesión religiosa que profesan”.
Padres y estudiantes consultados por EL MUNDO afirmaron que al tener creencias religiosas distintas al cristianismo optan por no asistir o enviar a sus hijos a esas lecciones, a pesar de que la Sala Constitucional declaró que tal medida no es suficiente para garantizar el cumplimiento de derechos de los estudiantes.
“Lo importante es que hoy por hoy el programa es abierto al ecumenismo y al diálogo interreligioso y en las lecciones de Educación Religiosa todo el estudiantado es bienvenido, por cuanto la asignatura no contempla el proselitismo”, concluyó José Marvin Salazar.