
San José, 23 may, (elmundo.cr)- Un nuevo texto sustitutivo del proyecto 21.049 “para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos”, fue aprobado por los legisladores de la Comisión Especial sobre Huelgas, en el cual quedarían totalmente prohibidas los paros con fines políticos y aquellas que no tengan conexión directa con incumplimientos laborales al patrono.
Sin embargo, en el nuevo artículo 371 del Código de Trabajo se establecería que las huelgas podrán tener lugar cuando se trate de movimientos para la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de los trabajadores, así como la defensa de sus derechos en los conflictos jurídicos.
Aunado a esto, también se explica la prohibición a los bloqueos ya sea en vías públicas o ante instituciones estatales, particularmente las dedicadas a los servicios públicos.
La nueva versión obtuvo cuatro votos a favor y uno en contra por parte del diputado José María Villalta, quien manifestó su molestia porque la nueva propuesta se la enseñaron minutos antes de entrar a la sesión. No obstante, si se aprobó por unanimidad enviar el texto a la Gaceta y consultar la nueva versión a las personas físicas y jurídicas que fueron contactadas previamente a la redacción del documento.
Carlos Ricardo Benavides, presidente de la Comisión, argumentó que entre los cambios que se le realizan al proyecto está la creación de un proceso oral para tramitar los reclamos de calificación de huelgas y así “busca mayor agilidad y que todo se pueda evacuar en una sola audiencia, donde las partes podrán llevar todas sus pruebas”.
Además, el liberacionista señaló que quienes van a huelga deben certificarlo y entregarlo como un requisito para iniciar el movimiento.
“Se ha establecido la necesidad de que los que van a huelga lo indiquen previamente, al menos 5 días antes, digan las condiciones y los lugares donde se va a llevar a cabo la huelga, en el caso de que se requiera la comprobación del número de participantes del acuerdo para ir a la huelga, lo certifiquen y lo entreguen como un requisito necesario para poder hacerlo”, indicó Benavides.
En cuanto al rebajo retroactivo salarial cuando una manifestación es declarada ilegal, se realizaría a partir del momento en el que el patrono hace la solicitud de la declaratoria y no en el momento que da inicio la huelga, como se hace actualmente.
Por otro lado, Benavides también aseguró que se incluyeron algunas observaciones de los gremios sindicales, quienes fueron los primeros en recibirse en audiencia, en el mes de enero y que argumentaban que se les atropellaba sus derechos. Pero, en la iniciativa se sostiene que sólo se busca agilizar los procesos para la declaratoria de ilegalidad de los paros, el cuál ha sido bastante lento en las últimas resoluciones.
De esta forma quedó la votación:
A favor:
- Carlos Ricardo Benavides (PLN)
- Yorleni León (PLN)
- Victor Morales Mora (PAC)
- Pedro Múñoz (PUSC)
En contra:
- José María Villalta (FA)