San José, 13 jun (elmundo.cr) – La bancada del Partido Liberal Progresista, presentó una Acción de Inconstitucionalidad contra el Reglamento para el Aseguramiento Contributivo de los Trabajadores Independientes, que emitió la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) el pasado 23 de mayo.
La fracción considera que los artículos 14 y 15 de este documento son contrarios a los principios y normas constitucionales y violentan la legalidad, la justicia y paz social, la razonabilidad y proporcionalidad, esto debido a que el Reglamento que confeccionó la CCSS indica que las deudas que tienen los trabajadores independientes con la institución prescriben a los 10 años.
El diputado Jorge Dengo señaló que “consideramos que este nuevo reglamento tiene serios vicios de constitucionalidad que podrían violentar la seguridad jurídica de los trabajadores independientes”.
“Esta disposición de la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social también va más allá de sus potestades, pues están tomando decisiones que solo se pueden tomar por Ley. Consideramos que la Junta se está atribuyendo facultades que son propias y exclusivas de la Asamblea Legislativa”, agregó.
Según explicó el legislador “la Junta en los artículos impugnados en el Reglamento vulnera el principio de convencionalidad debido a que el país es firmante del tratado con la OCDE”.
El principio de convencionalidad establecido en el Artículo 7 de la Constitución Política que los tratados internacionales deben acatarse. En este sentido, Costa Rica se adhirió a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y sus disposiciones precisamente tienen rango de tratado internacional. Sobre las cargas sociales, dicho organismo internacional ha dispuesto que estos son tributos, por lo que para poder aprobarse en el país deben pasar por el tamiz del Primer Poder de la República.
Según lo manifiesta el congresista, la Sala Constitucional, la Sala Primera y la Sala Segunda ha indicado en varias ocasiones que las cargas sociales son de naturaleza parafiscal, es por esto que debe aplicársele lo establecido en el Artículo 51 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios que indica que la prescripción de las deudas es de 4 años.
Para el diputado “con todas estas disposiciones se empuja a la informalidad a un sector que mueve gran parte de la economía como lo es el de los trabajadores independientes, en lugar de permitir que se formalicen y que puedan poner al día con sus obligaciones con la CCCSS”.
La lista de las normas y principios que podrían estarse lesionando:
- Principio de Legalidad (Artículo 11 de la Constitución Política Y 11 de la Ley General de la Administración Pública).
- Artículo 13 de la Ley De La Jurisdicción Constitucional.
- Principios de Seguridad y Certeza Jurídica, Reserva de Ley (121 Inciso 7 Cp).
- Límites de la Potestad Reglamentaria Establecida En El Artículo 140, Inciso 3) Y 18) de la Constitución Política.
- Principio de Mensurabilidad de las Potestades Administrativas.
- Principio de Igualdad (Artículo 33 de la Constitución Política y 24 de la Convención Americana de Derechos Humanos).
- Principios de Justicia, Paz Social y Razonabilidad y Proporcionalidad.