Juez ordena suspender por 13 años a notario que casó a Laura y Jazmín y anular su matrimonio

Jazmín Elizondo y Laura Flórez-Estrada se casaron en el 2015. Foto: Luis Madrigal, durante la Marcha de la Diversidad.
Jazmín Elizondo y Laura Flórez-Estrada se casaron en el 2015. Foto: Archivo/ El Mundo CR.

San José, 3 feb (elmundo.cr)- Este lunes el Juzgado Notarial del I Circuito Judicial ordenó sancionar al notario Marco Castillo con 13 años de suspensión, y además, anularon el matrimonio entre Laura Flórez-Estrada y Jazmín Elizondo.

En 2015 esta pareja contrajo matrimonio, pese a estar prohibida esta figura parar parejas del mismo sexo, debido a un error del Registro Civil donde se inscribió a Elizondo como hombre.

En la sentencia 15-000861-0627-NO – 2 que EL MUNDO obtuvo, se alega que Castillo insertó supuestamente datos falsos sobre el sexo biológico de Jazmín Elizondo al referirse a ella como “soltero” e “hijo de”, aunque en su cédula aparecía registrada con sexo masculino.

“…ergo, el testimonio también es falso, de hecho la presentación del testimonio es la culminación del fraude notarial que el denunciado patrocinó”, agrega el documento.

La denuncia fue presentada por el director ejecutivo de la Dirección Nacional de Notariado, Guillermo Sandí.

El juez que resolvió es Francis Porras León.

En declaraciones a este medio, Luis Salazar, comisionado de Asuntos LGBTI de Presidencia, expresó que “la resolución no está firme, dado que puede ser impugnada ante el Tribunal Notarial, así como ante Sala I. En segundo lugar, no se pueden hacer prevalecer normas de derecho interno por sobre jurisprudencia de la Corte Interamericana, ni normas de rango inferior a la Constitución Política. Confío en que las instancias superiores puedan sopesar los criterios de derecho internacional y constitucional al igual que lo hizo el juzgado penal un año atrás”.

En febrero de 2019, el Ministerio Público pidió que se archivara la denuncia contra Laura Flórez-Estrada y Jazmín Elizondo, así como contra el abogado Marco Castillo y los testigos de la boda.

La Fiscalía había solicitado un sobreseimiento definitivo de la causa penal, debido a dos nuevos elementos que no existían antes en el caso: la opinión consultiva de la Corte IDH y la sentencia de la Sala Constitucional.

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