
San José, 13 dic, (elmundo.cr)- Así reaccionó la diputada del Bloque Nueva República, Ivonne Acuña, luego de que el mandatario, Carlos Alvarado, y el ministro de Salud, Daniel Salas, firmaran la norma técnica para la interrupción terapéutica del embarazo.
Según Acuña, “Costa Rica jamás olvidará. Volvió la pena de muerte”. Y es que la legisladora ha sido vehemente con su discurso y ha alegado constantemente en que la norma es “ilegal” y además ha señalado que el “gobierno pretende que por situaciones emocionales, ante un embarazo no planeado, se aplique la excepción del artículo 121 del Código Penal y se ejecute la sentencia de muerte a una persona no nacida”.
Aunado a esto, la congresista asegura que “el Poder Ejecutivo está invadiendo competencias del Legislativo y Judicial sin tener potestad para hacerlo y fundamentandose en hechos falsos, en interpretaciones ideológicas ajenas al derecho”, por esta razón, según Acuña no van a aceptar “semejante abuso de autoridad, haremos respetar las competencias del parlamento y plantearemos ante la Sala Constitucional los recursos pertinentes se anule el inaceptable acto del señor Alvarado”.
Sin embargo, la norma viene a regular lo estipulado en el artículo 121 del Código Penal, vigente desde 1970, en el cual se lee que “no es punible el aborto practicado con consentimiento de la mujer por un médico o por una obstétrica autorizada, cuando no hubiere sido posible la intervención del primero, si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y éste no ha podido ser evitado por otros medios”.
¿Qué dice la norma?
Entre los puntos más importantes, se incluye el procedimiento para valorar si corresponde o no una interrupción al embarazo; es decir, cuando la salud o la vida de una mujer embarazada están en peligro, su médico o la misma mujer pueden solicitar que un grupo conformado por tres profesionales en medicina hagan la valoración para saber si procede. Una vez que estos emitan un criterio, la mujer debe decidir si acepta la recomendación o no.
Luego de esto, los médicos tendrán 3 días para valorar a la paciente y en caso de que el criterio de los especialistas sea negativo la mujer podrá solicitar una nueva valoración por una única vez. Por otro lado, ella recibirá un documento que establece que durante todo el proceso la mujer debe contar con información comprensible, oportuna y basada en la evidencia científica para tomar una decisión.
Otro punto medular es que, no se podrá realizar una interrupción del embarazo en contra de la voluntad de la mujer y, en caso de que ella lo acepte deberá contar con una atención integral que garantice su salud y bienestar.
En cuanto a los médicos la norma respeta a las personas profesionales en salud la posibilidad de la libertad de la objeción de conciencia y fiscalizará en que esto no afecte la atención de las mujeres.
La norma entrará a regir a partir de junio del 2020.