San José, 03 set (elmundo.cr) – El Instituto Nacional de Seguros (INS) puede negarse a enviar personal a zonas consideradas como peligrosas, con el fin de salvaguardar la seguridad de sus trabajadores según resolvió la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
Mediante voto 2015-015542, los magistrados declararon sin lugar el recurso de amparo interpuesto por la Defensoría de los Habitantes contra el INS, por una directriz emitida por la aseguradora sobre el ingreso de sus inspectores y otros colaboradores a zonas calificadas en la actualidad como peligrosas.
En su fallo la Sala Constitucional concluye que conocidos los argumentos del INS, la decisión no constituye una discriminación para los residentes de “zonas peligrosas”. Esto por cuanto no está dirigido a ellos, sino a lo clientes que sufran percances en dichas zonas.
En otra parte de la resolución sostiene que aunado a ello, tampoco consta que el INS deje de atender los casos que ocurran en esas zonas; sino que por el contrario los mismos son atendidos de manera que se reduzca el peligro para las personas involucradas sean clientes o funcionarios. Por lo tanto este Tribunal no considera que la medida infrinja o violente derechos de orden constitucional.
El Presidente Ejecutivo del INS, Elian Villegas Valverde señaló que esto demuestra que el INS actuó con transparencia y con apego a lo establecido en la ley teniendo siempre como objetivo cumplir con sus compromisos contractuales pero al mismo tiempo velando por la seguridad de sus clientes y colaboradores.