Inder deberá sacar del aire programa radial por orden del TSE

San José, 1 set (elmundo.cr) – El Instituto de Desarrollo Rural (Inder) deberá sacar del aire su programa radial “Costa Rica Rural” a partir del 4 de octubre próximo, cuando el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) convoque a elecciones.

Así quedó plasmado en la resolución 5534-E8-2017 del pasado 30 de agosto, emitida a raíz de una consulta presentada por Ricardo Rodríguez Barquero, Presidente Ejecutivo del Inder. 

Rodríguez consultó si la transmisión de dicho programa radial, posterior a la convocatoria a elecciones, violentaba el artículo 142 del Código Electoral. 

“Costa Rica Rural” consiste en un programa semanal de media hora, de forma gratuita en Radio Nacional de Costa Rica, el cual pretende informar a la población de las inversiones realizadas y trabajos culminados por el Inder.

El Tribunal Supremo de Elecciones recordó que la prohibición establecida no es absoluta, sino que solo es para aquellas promociones a la obra pública realizada por instituciones del Gobierno y en las cuales haya pauta de por medio.

“Aún y cuando se trate del programa de radio cedido por el Sinart a Radio Nacional para la divulgación del programa antedicho a cargo del Inder, las autoridades de esa institución tienen total impedimento de resaltar, en este caso, las inversiones realizadas, trabajos culminados, así como informar sobre lo que realizan desde el Comité Territorial de Desarrollo Rural de cada uno de esos territorios por tratarse de acciones que, en definitiva, son consustanciales al desempeño institucional durante el período de la veda publicitaria”, dijeron los Magistrados por unanimidad. 

Según el TSE, aunque el programa sea gratuito exalta los atributos o logros del Inder generando costos para el Estado durante el período de la veda publicitaria. 

“Este Tribunal concluye que la difusión del programa “Costa Rica Rural” comporta una transgresión al contenido del numeral 142 del Código Electoral luego de la convocatoria a las elecciones de 2018. El fundamento de esta conclusión estriba en que constituye un canal informativo que, aun gratuitamente, por medio de la frecuencia de Radio Nacional, conlleva gastos de elaboración con presupuesto estatal para difundir actividades, logros, inversiones y trabajos culminados a cargo del Inder, todo lo cual da cuenta del giro funcional gubernamental”, concluyeron los Magistrados. 

ANTECEDENTE

Esta no es la primera vez que el Tribunal Supremo de Elecciones indica a instituciones de Gobierno que deben sacar del aire algún programa radial o televisivo.

Semanas atrás, el TSE indicó al Sinart que debe sacar del aire sus programas “Puente” y “Va de frente”, al manifestar que durante la campaña electoral las instituciones públicas no pueden difundir contenidos propagandísticos o de publicidad, sobre obras y proyectos de gobierno.

 

Últimas noticias

Te puede interesar...

[tipocambiocompra]
[tipocambioventa]

Últimas noticias

Edicto