Caso proyecto hidroeléctrico Chucás

ICE conocía de sobrecostos y aun así consintió seguir con hidroeléctrica Chucás, según Tribunal de Arbitraje

» La entidad fue condenada a pagar más de $135 millones a favor de PH Chucás

» El instituto más allá de reconocer la sentencia, en estos días solicitó un recurso de adición y aclaración

El ICE intenta frenar el pago de un millonario arbitraje a favor de PH Chucás

San José, 2 dic (elmundo.cr)- El Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) tenía conocimiento de los sobrecostos acaecidos en el proceso constructivo del proyecto hidroeléctrico Chucás, sin embargo, sus especialistas consintieron seguir con las obras, según señaló el Tribunal de Arbitraje.

Al respecto, la empresa constructora PH Chucás presentó un reclamo por sobrecostos de $164 millones, que habrían surgido de circunstancias “no previsibles”, empero, el ICE se negó a reconocer ese monto.

El instituto le delegó al contratista la responsabilidad del encarecimiento de la planta, que en un inicio estaba valorada en $107 millones, pero luego pasó a tener un costo de $280 millones.

Pese a los argumentos del ente estatal, días atrás el Tribunal  le condenó al pago de más de $135 millones a favor de la compañía, que se encargó de desarrollar la planta hidroeléctrica ubicada entre el cantón de Mora, en San José, y el cantón de Atenas, en Alajuela.

En el laudo arbitral, del cual EL MUNDO tiene una copia, se indicó que “resultaba evidente y lógico, por los conocimientos en la materia de la entidad, que esos cambios, ocasionados en gran parte por aspectos geológicos, representaban un aumento considerable en los costos relacionados con la construcción del proyecto”.

Aunado a ello, los árbitros determinaron que, la institución y sus personeros especialistas, sí tenían “pleno” conocimiento de los sobrecostos en el proceso constructivo y aun así consintieron seguir con las obras, bajo la tesis de que después se buscaría una solución.

No obstante, el ICE luego se negó a reconocer el aumento en el costo de la construcción, lo que para el Tribunal representó una conducta de “mala fe”-no permitida por el ordenamiento jurídico-, “afectando” de ese modo en la parte económica a PH Chucás.

“Para nadie es un secreto que la entidad y sus representantes son personas dedicadas a los negocios relacionados con el tema de la electricidad por muchos años, con experiencia en el campo de la construcción de obras de la misma naturaleza a la que nos ocupa”, citó el arbitraje.

En el documento se señala que la institución contaba con un elenco profesional capacitado, como para tener conocimiento de las consecuencias jurídicas y económicas del desarrollo y ejecución de un proyecto de esa envergadura.

“Es por eso que cuando recibieron las comunicaciones de los cambios que había que hacer en la obra, los representantes de la demandada (ICE) tenían conocimiento, pericia, y suficiente capacidad intelectual y profesional, para valorar los pro y los contra de esos cambios.

“Resultaba evidente y lógico, por los conocimientos en la materia de la entidad, que esos cambios, ocasionados en gran parte por aspectos geológicos, representaban un aumento considerable en los costos relacionados con la construcción del proyecto”, resolvió el Tribunal.

Agregó que “el principio de buena fe contractual, debió de haber provocado en los personeros de la institución el rechazo de los cambios o una atenuación en los costos de los mismos”.

Lo anterior a través de una ingeniería de valor o una eventual resolución contractual por apartarse de lo originalmente ofrecido, según los términos de la negociación. Para los árbitros esa era la conducta esperada del ICE.

Como parte de la excepción de falta de derecho que presentó la entidad demandada, afirmó que sus personeros ubicados en el sitio, solo se limitaban a revisar y controlar el cumplimiento de lo ofrecido por la empresa en apego al cartel, la oferta y el contrato. Y en caso de existir alguna situación que distaba de lo antes mencionado, se realizaban las observaciones del caso.

Además dijo que no existía supuestamente una aprobación expresa  en cuanto a los cambios realizados, sino que cuando el instituto no hacía comentarios, el contratista lo “interpretaba” como una aprobación.

Para el Tribunal esas afirmaciones confirman el comportamiento de “mala fe” en que incurrió el ICE, e insistió en que resultaba “evidente” por el conocimiento que tenían ambas partes, que los cambios representaban un incremento en los costos de la construcción de la planta.

Añadió que, la alteración en el desarrollo de la obra, a la postre representaría un beneficio económico para la institución de “enormes” dimensiones y en perjuicio de PH Chucás, afectando el equilibrio financiero y el principio de justicia conmutativa.

Por esa razón, en el por tanto del laudo arbitral se rechazó la excepción de falta de derecho que presentó el ICE.

Adición y aclaración

El ICE más allá de reconocer la sentencia, en estos días solicitó un recurso de adición y aclaración ante el Tribunal Arbitral por el laudo emitido en el caso del proyecto hidroeléctrico.

La entidad fue notificada el pasado 24 de noviembre de la sentencia que le ordena cancelar más de $135 millones a la desarrolladora por sobrecostos incurridos durante la construcción de la hidroeléctrica.

“Lo resuelto por el Tribunal Arbitral contraviene la naturaleza del contrato BOT (construir, operar y transferir) firmado entre ambas partes el 28 de junio de 2011.

“Así así como dos sentencias del Tribunal Contencioso Administrativo –emitidas en marzo y junio de este año– por casos similares de generadores privados que pretendieron que el ICE les reconociera sobrecostos por atrasos en obras BOT”, alegó la entidad.

El objetivo de la solicitud es esclarecer “varias inconsistencias” en la sentencia para definir las acciones que seguirá el instituto.

Después de dos años, la semana pasada se resolvió el proceso arbitral de la compañía contra el ICE, que se tramitó en el centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Norteamericana de Comercio (AmCham).

Prohibición para cobrar multas

Desde el 2015, la empresa también interpuso un proceso contra la entidad ante el Tribunal Contencioso Administrativo, con el fin de evitar el pago de multas por rezagos en la construcción de la planta hidroeléctrica de 50 MW.

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Según el ICE, el proyecto hidroeléctrico tuvo que iniciar operaciones el 27 de setiembre de 2014, empero, al no cumplirse con dicho plazo, se estableció una sanción económica a la constructora.

Pese al argumento del instituto, ambas partes fueron notificadas sobre la decisión del Tribunal de acoger las medidas cautelares para detener el cobro de las multas, e incluso ordenó el reintegró de unos $11 millones a favor de PH Chucás.

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Carlos Obregón, presidente ejecutivo del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE). Foto: Luis Madrigal / El Mundo CR

El hecho de que el ICE perdiera ambos procesos millonarios, ha despertado el interés de los diputados de la Comisión de Ingreso y Gasto Público, que la próxima semana conocerían una moción para llamar a cuentas al presidente ejecutivo de la institución, Carlos Obregón, y a la directora Jurídica, Julieta Bejarano, para que rindan las explicaciones del caso.

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