San José, 19 may (elmundo.cr) – En diciembre del año pasado se aprobó en segundo debate la iniciativa que declara el 1° de diciembre como feriado, en conmemoración de la abolición del ejército en 1948.
La iniciativa modifica el artículo 148 del Código de Trabajo, quedando de esta forma «Se considerarán días feriados y, por lo tanto, de pago obligatorio los siguientes: el 1 de enero, el 11 de abril, el jueves y viernes santos, el 1° de mayo, el 25 de julio, el 15 de agosto, el 15 de setiembre y el 25 de diciembre. Los días 2 de agosto y el 1° de diciembre también se considerarán días feriados, pero su pago no será obligatorio»
El diputado liberacionista, Roberto Thompson, indicó que con la firma de esta ley “celebramos al general victorioso que empuñó las armas para defender la democracia y las entregó para construir en paz y en libertad”, en clara referencia a José Figueres Ferrer quien fue el artífice de que Costa Rica, renunciara a tener fuerzas armadas.
El presidente de la República, Carlos Alvarado describió la decisión de Figueres como “de hito histórico de nuestra democracia”.