
San José, 4 abr (elmundo.cr) – El Ministerio de Hacienda publicó en su página web www.hacienda.go.cr , apartado RTBF, la lista de las personas jurídicas que al 01 de abril de este año no cumplieron con la presentación de la declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF) del periodo 2019.
Entre las empresas incluidas en la lista están: FLORIDA BEBIDAS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica: 101273496; REPUESTOS DE MOTO GALLARDO SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica: 3101212418, TAXIS UNIDOS DE PURISCAL SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica: 3101024883, entre muchas más, ya que la lista completa es de 3771 páginas.
El próximo 16 de abril, la Dirección General de Tributación publicará el edicto de apercibimiento y prórroga automática, del plazo adicional que se concede a estas personas para proporcionar la información sobre sus beneficiarios finales.
A partir de 17 de abril, quienes no hayan cumplido, contarán con seis días hábiles adicionales para hacer su declaración en el RTBF sin multas ni sanciones.
Al finalizar el periodo de prórroga, el Banco Central de Costa Rica remitirá la lista de los incumplidores a la Dirección General de Tributación, la cual iniciará el procedimiento para imponer las siguientes sanciones:
| Incumplidores | Sanción |
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Quienes presenten la información al RTBF luego del plazo otorgado mediante el apercibimiento y la prórroga automática hasta el 30 de abril de 2020.
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Multa pecuniaria proporcional del 50% de la sanción correspondiente.
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Quienes presenten la declaración luego del 30 de abril de 2020 o no hayan presentado del todo la información requerida. |
Multa del 2% de los ingresos brutos declarados en el impuesto sobre las utilidades del año anterior a aquel en que se produjo la infracción, con un mínimo ¢1.350.600 y un máximo ¢ 45.020.000.
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| Quienes hayan incumplido con el suministro de información al RTBF | A partir del 1 de mayo de 2020, el Registro Nacional no les emitirá certificaciones de personería jurídica ni les inscribirá documentos.
Además, los notarios públicos deberán consignar la situación de incumplidor del interesado en los documentos que emitan.
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“Agradecemos a alto porcentaje de las personas jurídicas que, de manera responsable, cumplió con esta declaración antes del 01 de abril. Contar con este registro es sumamente valioso para los planes de lucha contra la evasión fiscal que lleva a cabo la Administración Tributaria, así como para el combate a la legitimación de capitales y el financiamiento al terrorismo que realiza el lnstituto Costarricense contra Drogas. Por eso, haremos todo aquello que la normativa establezca para lograr el cumplimiento de todos los obligados”, aseguró Priscilla Zamora Rojas, directora general de Tributación.
Para el periodo 2020, la declaración anual (RTBF) deberá presentarse en setiembre. Asimismo, para facilitar su cumplimiento, la declaración del 2019 se precargará automáticamente en el sistema, por lo que las personas jurídicas solo deberán modificar aquella información que haya cambiado; si no fuera necesario actualizar la información, solo debe confirmar la declaración precargada, firmarla digitalmente y enviarla.