San José, 18 abr (elmundo.cr) – El Poder Ejecutivo presentó ante la Asamblea Legislativa un Proyecto de Ley para la aprobación de un crédito contingente con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) por US$160 millones.
Esto con el propósito de contar con los recursos inmediatos que permitan atender a la población afectada por riesgos de desastres, que impliquen una declaración de emergencia,
Esto recursos contingentes los utilizaría la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE), únicamente en estos casos, por tanto, solo conllevaría un endeudamiento por el monto que se vaya a utilizar, una vez que se haya accionado dicha declaración.
El ministro de Hacienda a.i, Luis Antonio Molina, explicó que “esta opción de financiamiento contingente es una protección para el país, que le permitiría a la CNE acceder, de manera inmediata, a recursos para la atención de una emergencia declarada, sin tener que esperar años por un crédito que atienda las necesidades apremiantes de la población afectada”.
“Sería un disponible al que se recurriría, de ser preciso, para llevar soluciones a corto plazo a las comunidades perjudicadas por eventos naturales, sanitarios o de cambio climático”, agregó.
Molina externó que esperan contar con el apoyo de los legisladores mediante la aprobación de este proyecto de ley, con lo que Costa Rica estará mejor preparada para enfrentar adversidades que impliquen la declaración de emergencia ante estas situaciones.
El contrato de préstamo N°9502-CR suscrito con el BIRF forma parte de la gestión del riesgo de desastres en Costa Rica con Opción de Desembolso Diferido ante Catástrofes (CAT DDO).
Las condiciones financieras que aplican en este crédito son las siguientes:
Tasa de interés | Anual. Basada en Tasa SOFR más un margen variable |
Plazo del crédito | 19 años |
Período de gracia | 3,5 años |
Período de amortización | 15,5 años |
Plazo de desembolso | 3 años. El plazo de desembolso puede renovarse hasta 4 veces, por un máximo de 15 años en total |
Comisión inicial | 0,50% sobre el monto del préstamo, pagadera una sola vez |
Comisión de renovación | 0,25% sobre el monto no desembolsado, pagadera al momento de solicitar la renovación |