San José, 12 set (elmundo.cr) – El 5 de octubre inicia la veda publicitaria gubernamental, esto quiere decir, que las instituciones públicas tienen prohibido pagar por publicidad en prensa escrita, radio, televisión e internet para divulgar su gestión o logros.
La medida se extiende hasta el 4 de febrero (inclusive) día en el que se realizarán las elecciones, y en caso de que se ocupe de una segunda ronda, la prohibición se mantendría hasta el domingo 01 de abril, día en el que se realicen las segundas votaciones.
“De acuerdo con lo que dispone el artículo 142 del código electoral, a partir del 5 de octubre las instituciones del Estado tienen prohibido divulgar en medios de comunicación pauta publicitaria pagada en la cual se exalten los logros de gobierno y se haga ostentación de las metas alcanzadas en la presente administración”, explicó Andrei Cambronero, vocero del TSE.
La medida se toma para evitar, que los anuncios pagados por el Gobierno, beneficien a algún candidato que participa en el proceso, evitando que la publicidad genere en la población la visión de continuidad en la acción del gobierno, “es una lógica de buscar la equidad y la neutralidad” agregó Cambronero.
La veda publicitaria excluye la publicidad relacionada con informaciones de carácter técnico o científico, o bien que sean indispensables por tratarse de situaciones relacionadas con prestación de servicios o emergencias.
La prohibición incluye la publicación de temas relacionados con la gestión del gobierno, metas alcanzadas, nuevos proyectos, mejoras de servicios, planes de interés nacional, entre otros.
El Tribunal Supremo de Elecciones agrega, que los funcionarios que realicen las publicaciones indebidas serán responsables de beligerancia política y también, del delito de desobediencia a las autoridades.
En el caso de ser acusados y comprobarse la beligerancia política, los funcionarios pueden ser inhabilitados para el ejercicio de cargos públicos de 2 a 4 años o bien, pueden ser destituidos inmediatamente de su cargo.