San José, 15 jul (elmundo.cr) – El Ministerio de Hacienda informó que la Tesorería Nacional no aplicará rebajos por debajo del salario mínimo mensual de ₡214.230, excepto los que correspondan a pensiones alimentarias.
Al respecto según la entidad “cerca de 19 mil funcionarios públicos activos, que reciben su salario por medio del Sistema Integra, recibieron este jueves 14 de julio, el pago de su quincena con la aplicación del respeto al salario líquido mínimo mensual de ₡214.230″.
Esto implica que la Tesorería Nacional no aplicará rebajos (embargos judiciales, créditos, cuotas de afiliación, entre otros) a los trabajadores que reciban un monto líquido por debajo del salario mínimo establecido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, excepto los que correspondan a pensiones alimentarias.
De igual forma recordaron que “en meses anteriores, 18.938 funcionarios públicos recibieron sueldos líquidos por debajo del salario mínimo, esto representa el 15% del total de la planilla que se paga por medio del Sistema Integra (127.307 trabajadores)”.
Asimismo agregaron que del total de los funcionarios con salarios líquidos inferiores al mínimo, el 71.5% corresponde a trabajadores del Ministerio de Educación Pública, 15.5% al Ministerio de Seguridad Pública, 3.9% al Ministerio de Justicia y Gracia, 2.9% Ministerio de Obras Públicas y Transportes, 1,9% al Ministerio de Salud, y el restante 4.3% al resto de las instituciones.
Para conocer el detalle de los rebajos aplicados los interesados pueden consultar en las unidades de recursos humanos de las instituciones donde laboran.
Además, será responsabilidad de cada trabajador atender las obligaciones de pago que no serán aplicadas directamente en planilla, esta medida no exime a los funcionarios del pago obligaciones acordadas con terceros.
“El monto sobre el que no se podrán realizar deducciones, será definido y actualizado por medio del decreto de salarios mínimos publicado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y se aplicará sobre el salario más bajo incluido en este decreto”, apuntaron.
Además informaron que “la aplicación de esta medida tiene su fundamento en los artículos 172 y 174 del Código de Trabajo, por tanto, los diferentes patronos que efectúan deducciones deben acatarla tal y como lo hizo para este mes el Ministerio de Hacienda para el caso de los funcionarios del Gobierno Central, Tribunal Supremo de Elecciones, Dirección General de Migración y Extranjería, DINADECO, Defensoría de los Habitantes y Asamblea Legislativa”.
“Quienes presentaron solicitudes o reclamos ante la Tesorería Nacional relacionadas con la aplicación del salario mínimo inembargable, se dan por informados de esta medida implementada en el Sistema Integra desde esta quincena”, concluyeron.