
San José, 02 jul (elmundo.cr) – La diferencia de criterio entre la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) y el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) llegó a su final, luego de que la Procuradoría General de la República dictara que la generación distribuida para autoconsumo no es un servicio público y por tanto, no debe ser regulado por la ARESEP.
El ente regulador insistía en que estos proyectos sí eran servicios públicos mientras que el MINAE discrepaba de ello. Esta semana la Procuraduría General emitió el criterio correspondiente, en el cual le da la razón al Ministerio de Ambiente y Energía.
Según la resolución de la PGR, el servicio pública es una actividad de prestación a los administrados, a quienes se reconoce el derecho de acceso a esta prestación, siendo la prestación un elemento fundamental de la actividad de servicio público, por lo que una actividad que no sea de prestación al público no puede ser considera un servicio público.
“En la generación con neteo simple, que es objeto de la presente consulta, el generador vierte la energía consumida, originándole un derecho a un consumo diferido de la energía producida e incorporada a la red. Derecho que es de crédito. Se habla de una compensación entre la energía vertida y la energía consumida con posterioridad a la inyección realizada”, dice la Procuradoría.
El fallo agrega que “para efectos de verter los excedentes generados, el generador requiere acceso y conexión a la red de distribución. Red y servicio de distribución que son regulados”.
Finalmente, la procuradoría advirtió que ese fallo delega toda la responsabilidad en el MINAE para generar un reglamento para los proyectos de generación distribuida. Con el fin de avanzar en el tema, según el MINAE, se ha venido trabajando en el “reglamento para la interconexión de sistemas de generación de electricidad con fuentes renovables para autoconsumo”.
“El objetivo es reglamentar el acceso de los abonados que generen electricidad con fuentes renovables para autoconsumo a la red de distribución nacional, bajo el concepto de depósito y devolución de energía, integrándolos al sistema eléctrico nacional de forma regulada para no afectar la continuidad ni la calidad del servicio que se presta al resto de abonados de un circuito o de la red de distribución en general”, dijo el Ministerio.
El reglamento será remitido a consulta pública próximamente antes de proceder con su oficialización. Una vez concluida esta fase; se podrá dar inicio con la habilitación de los títulos que autoricen la entrada en operación de los sistemas para autoconsumo.
La prioridad para el MINAE es lograr una simplificación de trámites en el neteo simple que le permita a los abonados acceder a este tipo de energía.