
Asamblea Legislativa, 13 set (elmundo.cr) – Carlos Arguedas Ramírez, exmagistrado de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y actual diputado del Partido Liberación Nacional, afirmó que el decreto ejecutivo emitido por el Presidente Luis Guillermo Solís, que pretende regular la técnica de la Fertilización In Vitro (FIV), es válido.
Arguedas, quien fue uno de los dos magistrados que rechazó en el 2002 que la técnica de la FIV fuera violatoria del derecho a la vida, explicó detalladamente en entrevista con EL MUNDO, que la vialidad del decreto del Presidente, la cual será impugnada próximamente por la Iglesia y diputados conservadores, dependerá de dos factores.
“Un factor es, que se encuentre un medio procesal adecuado para discutir la validez del decreto y en segundo lugar, que se encuentre una argumentación, suficiente, para convencer a un juez ya fuera constitucional o en jurisdicción contencioso administrativa, de que el decreto es, en algún sentido, sentido violatorio de la Constitución o violatorio de legalidad”, dijo el abogado constitucionalista.
Para Carlos Arguedas, la principal dificultad que tendrán quienes se opongan al decreto, será encontrar argumentos de peso suficientes, especialmente porque existe una sentencia que ampara la Fertilización In Vitro como un mecanismo idóneo para la promoción de la vida. Esa sentencia, es la de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
Asimismo, el diputado afirmó que está pendiente la resolución de la audiencia que efectuó la Corte IDH días atrás, en la que analizó el estado del cumplimiento de la sentencia emitida en el 2012 sobre la Fertilización In Vitro.

“Lo que la corte pudiera llegar a decir en los próximos días o semanas en relación con este tema, también va a ser un elemento de considerable importancia para lo que se pueda resolver acerca de la viabilidad del decreto. En este momento uno comprende que las personas que están en contra del decreto, aleguen con mucha vehemencia y piensen en que activamente van a tratar de discutir la viabilidad. Creo que también hay elementos para sostener la legalidad y constitucionalidad del decreto y a mi me parece que en última instancia lo más importante es que la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, un órgano jurisdiccional regional, de protección de los derechos humanos, cuya jurisdicción Costa Rica está sometida, finalmente se cumpla”, explicó.
La sentencia emitida por la máxima entidad en materia de Derechos Humanos obligó al Estado costarricense, reconocer el derecho a la Fertilización in Vitro.
Arguedas aplaudió la iniciativa del gobierno de Luis Guillermo Solís, de subsanar el incumplimiento de la sentencia de la Corte IDH. “Para mi es una omisión grave de la Asamblea Legislativa. Cuando se habla de que el Ejecutivo ha arrebatado, una potestad de la Asamblea Legislativa para regular una materia que estamos obligados a regular, en virtud de la sentencia de la Corte IDH, no se dice que esta Asamblea Legislativa en todo el tiempo transcurrido entre aquella sentencia de la Corte y hoy día, no haya logrado dictar una ley que regule la materia”.
Naturalmente el hecho de que el Ejecutivo se haya esforzado en remediar, a través de un decreto ejecutivo, es coincidente con la necesidad que Costa Rica tiene de respetar los Derechos Humanos y en particular, una sentencia de un Tribunal de Derechos Humanos.
–Carlos Arguedas Ramírez, diputado del PLN y exmagistrado de la Sala Constitucional.
El exmagistrado afirmó además, que a final de cuentas cree que el decreto emitido por Solís se va a sostener y que le alegraría que así fuera. “Tiene que ver tanto por el hecho de la protección del derecho de las personas de acudir a la fertilización como instrumento de creación de vida, como por el hecho de que entonces nos podría en una situación de cumplimiento de la sentencia de la Corte, hoy día en que en otras latitudes, se pone en entredicho la autoridad de la Corte Interamericana”, dijo Arguedas, refiriéndose al más reciente caso relativo a la libertad de prensa en Venezuela, específicamente al de Radio Caracas, la cual según la Corte, el Gobierno de Nicolás Maduro debe volver a permitir su puesta en funcionamiento.

Cuando la Sala Constitucional dictó la sentencia en relación con la Fertilización in Vitro, el tribunal se dividió. Cinco magistrados de aquella época votaron por entender que la FIV era un instrumento que violaba el derecho a la vida y dos magistrados, la magistrada Calzada Miranda y el magistrado Arguedas Ramírez votaron en sentido opuesto. “Entendimos que la fertilización no era un mecanismo de infracción del derecho a la vida, sino exactamente todo lo contrario”, dijo el hoy diputado liberacionista.
La sentencia de la Corte, según Arguedas, dejó sin fundamento jurídico consistente válido, la sentencia que entonces dio en el 2002 la Sala Constitucional cuando declaró inconstitucional la técnica. “La Corte viene a decir exactamente todo lo contrario y actualmente, incluso por propia jurisprudencia de la Sala Constitucional, nosotros estamos subordinados en última instancia no a lo que dice la Sala en materia Derechos Humanos, estamos en esta materia subordinados a lo que dice la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ese es el tribunal de última instancia para un tema como este y ya la corte se pronunció”, declaró.
El caso que sentó dicha jurisprudencia fue la que emitió la Sala Constitucional sobre la colegiatura obligatoria de los periodistas al Colegio de Periodistas (COLPER). En esa ocasión, los magistrados solicitaron una opinión consultiva, no vinculante, a la Corte IDH quien resolvió que tal obligación, era violatoria de los derechos humanos. El criterio emitido por la corte fue determinante para la resolución de los magistrados costarricenses, que eliminaron la colegiatura obligatoria en el caso del periodismo.
“El fundamento en que la Sala Constitucional se basó en aquellos días, antes de todo este proceso queda sin sustento, porque lo que entendió por violatorio, no es violatorio según la Corte IDH”, agregó Arguedas.
Tenemos ya un periodo largo de tiempo de incumplimiento. El ejecutivo lo que ha hecho me parece a mi, en vista sobretodo de la situación apremiante que creaba la audiencia de la semana pasada, fue dictar una regulación para tratar de subsanar por esa vía una omisión del Estado.
La acción de inconstitucionalidad contra el decreto emitido por el Presidente Luis Guillermo Solís, será presentada el 15 de setiembre.