
San JosĆ©. 6 set(elmundo.cr)- La CĆ”mara de Industrias de Costa Rica se opone por completo y solicita archivar el expediente legislativo 22.065 āLey de etiquetado frontal de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, para facilitar la comprensión y toma de decisión del consumidor, sobre el contenido de nutrientes crĆticos e ingredientes que, por su consumo excesivo, representen riesgos para la salud de las personasā; asĆ lo hizo saber en la posición enviada el pasado primero de septiembre a la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa.
Enrique Egloff, presidente de la CĆ”mara de Industrias de Costa Rica fue enfĆ”tico en el rechazo absoluto del proyecto de ley ya que significarĆa el hundimiento del sector alimentario.
“Es urgente implementar acciones que permitan el crecimiento de la economĆa y la generación de empleo para los casi 500 mil costarricenses que se encuentran sin trabajo. Desde la CICR hacemos un llamado vehemente para que se archive el proyecto de ley y se detenga el acoso regulatorio contra la industria. El sector productivo no necesita mĆ”s regulación, lo que requiere son las condiciones propicias para producir y poder generar empleo; ese es el camino que debe seguir el Gobierno de la RepĆŗblica”, seƱaló Egloff.
Para los industriales, agregar requisitos adicionales en el etiquetado de productos procesados resulta contrario a los acuerdos y normas centroamericanas, los cuales tienen superioridad jerĆ”rquica sobre leyes nacionales, ademĆ”s es una ocurrencia sin fundamento jurĆdico y representa una afrenta a la industria alimentaria que tiene grandes retos en materia de competitividad.
En esta materia rige el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.01.07:10 Etiquetado General de los Alimentos Previamente Envasados (Preenvasados), en donde se estableció el marco normativo común de requisitos y exigencias para el etiquetado de este tipo de productos.
De acuerdo con Egloff, no se pueden aprobar nuevas leyes nacionales en contra de las leyes centroamericanas actuales, “el proyecto de ley contraviene la legislación centroamericana y pondrĆa en riesgo la continuidad de cientos de empresas, especialmente las pequeƱas y medianas industrias. Es un proyecto de ley que va en la lĆnea contraria de reactivación económica al imponer mayores regulaciones al sector industrial”.
La industria alimentaria es un sector de gran importancia para la economĆa nacional, por lo que no se pueden promover este tipo de iniciativas que atentan contra su continuidad y la de sus trabajadores.
Según datos de la Caja Costarricense de Seguro Social, existen 1.706 empresas inscritas formalmente en el sector de industria alimentaria, 96% son micro, pequeñas y medianas industrias y un 55% tiene menos de menos de 5 trabajadores. Este subsector produce cerca del 40% del PIB manufacturero y emplea alrededor de 54.000 trabajadores de forma directa.
“El proyecto de ley insinĆŗa tendenciosamente que los alimentos industrializados son daƱinos para la salud, no solo por su contenido de nutrientes (que son importantes para la salud), sino por el propio proceso de industrialización. AdemĆ”s, regula la publicidad de estos productos y establece multas y sanciones excesivas que incluyen la clausura del establecimiento. Este proyecto pretende crear mĆ”s desempleo en la agricultura, la industria, en la publicidad, y en los comercios; son demasiados sectores afectados por esta ocurrencia”, mencionó Egloff.
La producción alimentaria se encuentra altamente encadenada a otros sectores de la economĆa como la agricultura y el comercio, por lo que este proyecto de ley tambiĆ©n impactarĆa de manera negativa a otros eslabones de la cadena de comercialización y aumentarĆa las cifras de desempleo.
“Ninguna ley podrĆa modificar o establecer disposiciones contrarias a las disposiciones de un Reglamento TĆ©cnico Centroamericano, porque ello producirĆa un incumplimiento jurĆdico del Derecho Comunitario y un retroceso en los esfuerzos de armonización regulatoria en el marco del Sistema de Integración Económica Centroamericana. Solamente un instrumento del mismo rango jurĆdico, es decir, un RTCA aprobado mediante resolución COMIECO, podrĆa venir a modificar parcial o totalmente el Reglamento precedente”, finalizó Egloff.