Diputados aprueban proyecto que prohíbe la adulteración y la imitación de bebidas alcohólicas

San José, 23 feb (elmundo.cr) – La tarde de este martes los diputados aprobaron en segundo debate el expediente 20.961, Ley Contra la Adulteración, Imitación y Contrabando de Bebidas con Contenido Alcohólico. 

El proyecto tiene como objetivo la prohibición de la adulteración y la imitación del licor y de bebidas con contenido alcohólico, así como su contrabando.

Además, se señala que «la autoridad competente para determinar la adulteración, la imitación, la fabricación clandestina o el contrabando es la Policía de Control Fiscal, que deberá decomisar el producto adulterado, de imitación o contrabandeado»,

Se recalca que «todas las autoridades públicas estarán en la obligación de denunciar ante la Policía de Control Fiscal, la Policía Municipal o los Inspectores Municipales, los casos de adulteración, imitación, fabricación clandestina o contrabando de bebidas con contenido alcohólico».

Para poner en marcha el proyecto el Ministerio de Hacienda en coordinación con el Ministerio de Economía, Industria y Comercio de Costa Rica deberán establecer un mecanismo de identificación y registro de los licores nacionales y extranjeros, mediante etiquetados de seguridad de bebidas alcohólicas o cualquier otro tipo de mecanismo tecnológico, no manipulable, no replicable, confiable y fidedigno, que permita su trazabilidad y posibilite la identificación por parte de los consumidores y de las autoridades competentes de las bebidas con contenido alcohólico adulterado, de imitación o de contrabando.

Las sanciones por irrespetar esta ley son:

  1. Cierre provisional y precautorio del establecimiento durante quince días naturales.
  2. Iniciar el procedimiento administrativo de cancelación de las respectivas licencias y patentes municipales.
  3. En caso de reincidencia debidamente demostrada, realizar el cierre definitivo e inmediato del establecimiento.
  4. Cualquier otra sanción que proceda de conformidad con la legislación vigente.

La Policía de Control Fiscal deberá establecer convenios de capacitación y formación con las municipalidades para proveer a los cuerpos policiales municipales de la preparación y los conocimientos para desempeñar las funciones mencionadas.

El proyecto fue aprobado con 44 votos a favor y 3 en contra.

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