
San José, 19 nov (elmundo.cr) – Este jueves los diputados aprobaron en primer debate el expediente 21.663, Ley para el patrocinio del deporte nacional.
El proyecto fue aprobado con 29 votos a favor y 9 en contra, se opusieron los diputados independientes Nidia Céspedes, Jonathan Prendas y Carmen Chan; así como los diputados de Restauración Nacional Melvin Nuñez, Floria Segreda, Carlos Avendaño, Giovanni Gómez, Mileyde Alvarado y Walter Muñoz del Partido Integración Nacional.
El proyecto permitiría el patrocinio deportivo por parte de las empresas productoras, comercializadoras o distribuidoras de bebidas con contenido alcohólico a toda organización, entidad o persona dedicada a la práctica del deporte.
El Ministerio de Salud sería la entidad encargada de la regulación y el control de todo tipo de publicidad comercial relacionada con la comercialización de bebidas con contenido alcohólico, efectuadas por cualquier medio de comunicación a título gratuito o mediante pago.
Este patrocinio podrá ser utilizado por las marcas o nombres de bebidas con contenido alcohólico, en publicidad relacionada con el deporte, así como en vallas publicitarias en los estadios y gimnasios, rotulación de uniformes, medios de transporte utilizados para competencias y artículos deportivos de todo equipo, asociación, federación, comité olímpico, liga deportiva o comité cantonal de deportes; sin embargo, prohíbe la utilización de marcas o nombres de bebidas con contenido alcohólico en uniformes deportivos de ligas menores.
Además, el patrocinador deberá declarar ante el Ministerio de Salud, el monto económico acordado en cada contrato de patrocinio, retendrá un 10% en todos los contratos y lo cancelará al Ministerio de Salud proporcionalmente conforme se vayan girando los recursos al patrocinado. Ese 10% el Ministerio de Salud lo distribuirá de la siguiente Manera:
- Un 2% al Ministerio de Salud quien lo destinará para el programa de salud relacionado con la prevención de la obesidad en población estudiantil menor de dieciocho años.
- Un 2% al Instituto Sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA) para programas de prevención del consumo de Drogas.
- Un 6% al Comité Olímpico Nacional de Costa Rica, para la proyección y equipamiento de atletas de alto rendimiento dando énfasis a los atletas provenientes de juegos nacionales.
El incumplimiento del pago de este 10% tendrá una sanción de dos veces el monto dejado de declarar al Ministerio de Salud, lo recaudado por dichas sanciones corresponderá un 50% al Ministerio de Salud y el otro 50% corresponderá el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (Icoder) y se destinará a la construcción y conservación de instalaciones deportivas en zonas rurales.