Diputados aprueban en primer debate la explotación y procesamiento del oro en Abangares

San José, 27 oct (elmundo.cr) – La mañana de este martes los diputados aprobaron el expediente 21.229, Fortalecimiento y Mejoramiento Ambiental de la Minería Artesanal de Abangares, por medio de la Modificación de la Ley n° 8904 del 10 de febrero de 2011 y del código de minería, Ley N.° 6797 del 4 de octubre de 1982, que busca mejorar las condiciones de trabajo de los mineros de Abangares.

La iniciativa de fortalecimiento y mejoramiento ambiental de la minería artesanal de Abangares, contó con el voto a favor de 40 diputados y solo 1 voto en contra, y permite que se adicione dos artículos y reforma al transitorio I a la Ley de reforma al Código de Minería, Ley para declarar a Costa Rica país libre de minería metálica a cielo abierto.

El proyecto prohíbe la utilización de técnicas de lixiviación con cianuro y mercurio no regirá para los trabajadores organizados en cooperativas mineras, siempre que se dediquen a la explotación de la minería en pequeña escala para subsistencia familiar, artesanal y coligallero.

A partir de la aprobación de este proyecto la actividad minera en pequeña escala, la artesanal y coligallero tendrá la condición de sector prioritario en el acceso al crédito para su desarrollo.

De igual manera, en el plazo de dos meses, contado a partir de la entrada en vigencia de esta Ley, el MINAE por medio de la Dirección de Geología y Minas, deberá realizar un estudio sobre el estado de todas las solicitudes pendientes de resolución, así como de los permisos y las concesiones otorgadas en el área de reserva minera.

Asimismo, el Poder Ejecutivo deberá incluir las disposiciones necesarias para ordenar y dar seguridad jurídica a la actividad de la minería en pequeña escala para subsistencia familiar, artesanal y coligallero.

Además, deberá contemplar la asistencia y los incentivos necesarios para promover el desarrollo de tecnologías limpias, así como la promoción de alternativas productivas sustentables como el turismo minero, la orfebrería y otras opciones que den valor agregado a la producción minera en pequeña escala para subsistencia familiar, artesanal y coligallero.

A partir de la entrada en vigencia de esta ley y por un plazo de 18 meses, queda habilitada la explotación y procesamiento del oro por parte de las cooperativas de vecinos del cantón de Abangares que tengan presentadas solicitudes de concesión para el área de reserva minera de este cantón.   Por el mismo plazo, estas cooperativas y la Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo de Abangares (UNCADA) podrán comercializar el oro con personas físicas o jurídicas.

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