Diputado oficialista critica metodología de la SUGEF para fijar tasas de usura

San José, 28 ene (elmundo.cr)- El diputado oficialista, Welmer Ramos González, criticó la metodología aplicada por la Superintendencia de Entidades Financieras (SUGEF) al presentar una propuesta para fijar las tasas de usura, que se discute en la Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios.

El superintendente Bernardo Alfaro explicó que la tasa propuesta es entre un 42 y un 45%.

Para Ramos, con esta tasa persistiría el problema que se da en el país donde muchas personas están sobre endeudadas.

Un criterio similar tuvo el legislador del bloque Nueva República, Harllan Hoepelman quien afirmó que no se pueden dejar de lado a los más pobres del país que muchas veces por las altas tasas de interés cuando se compra por ejemplo una lavadora, se termina pagando una vez y media el artículo.

Tanto el superintendente como el presidente del Banco Central, Rodrigo Cubero, comentaron que los topes para las tasas de usura dependerán directamente de lo que quieran los congresistas, si lo que quieren es sancionar la usura la tasa debería llegar a un determinado porcentaje, pero si lo que se quiere es hacer política socioeconómica deberían ser otros diferentes.

Cubero señaló que el objetivo de la ley debería ser proteger al consumidor financiero ante posibles abusos en materia de tasas de interés y evitar las tasas de interés excesivas, además, de reducir el riesgo de excluir de créditos a los sectores más vulnerables de la sociedad.

Para el presidente el Banco se debe establecer una tasa alta para de esta manera evitar que las personas más necesitadas se les dificulte tener acceso a los créditos.

Pero las tasas máximas presentadas por el Banco Centras son casi 10 puntos porcentuales más altas que las presentadas por la SUGEF y casi 20 puntos más elevadas que las propuestas por Banca para el Desarrollo.

El expediente 20.861, reforma de la promoción de la competencia y defensa efectiva del consumidor, establece que cuando el contrato, negocio o transacción se pacte en dólares de los Estados Unidos de América, la tasa máxima de interés no podrá ser superior a la tasa efectiva en dólares, más 15 puntos porcentuales.

Cuando el contrato, negocio o transacción se pacte en colones, la tasa máxima de interés no podrá ser superior a la tasa básica pasiva más 25 puntos porcentuales.

Las tasas señaladas serán calculadas por el BCCR de manera trimestral, utilizando el promedio de los últimos 3 meses de la tasa básica pasiva o de la tasa efectiva en dólares, según corresponda.

Ninguna persona física o jurídica que otorgue financiamiento a terceros, podrá incorporar costos, gastos o comisiones adicionales, a efecto de cobrar una tasa superior a las establecidas por el BCCR.

Últimas noticias

Te puede interesar...

[tipocambiocompra]
[tipocambioventa]

Últimas noticias

Edicto