San José, 15 mar (elmundo.cr) – El periodista y diputado Fabricio Alvarado acusó al ministro de Comunicación, Mauricio Herrera Ulloa de cobrar la compensación de prohibición al ejercicio liberal de la profesión, sin estar colegiado al Colegio de Periodistas de Costa Rica (COLPER).
Así lo dio a conocer este miércoles el diputado mediante un comunicado de prensa en el que afirma que una fuente dentro del colegio profesional le indicó que no fue sino hasta ayer que Herrera se habría puesto al día en el pago de sus cuotas, por lo que se reactivó su incorporación a la institución.
“Nos parece increíble que altos jerarcas de este Gobierno del PAC sigan cobrando pluses salariales sin cumplir con los requisitos de ley, en especial el del título y la incorporación al Colegio de Profesionales pertinente”, escribió el congresista del partido Restauración Nacional.
Y agregó: “Hemos recibido información de que el titular de Comunicación, Mauricio Herrera, no estuvo activo en el colegio de periodistas (COLPER) por falta de pago desde su salida del Semanario Universidad y hasta el día de ayer (según consta en la página web del COLPER) cuando la Junta Directiva de dicho colegio le aceptó la solicitud de reactivarse al ponerse al día en sus obligaciones financieras”.
Alvarado dijo que solicitó a la Directora de Recursos Humanos de Casa Presidencial que le informe si desde el inicio del nombramiento de Herrera como ministro y hasta el día de ayer, le fue pagada la prohibición.
DETECTOR DE MENTIRAS. El diputado Fabricio Alvarado omitió indicar en su comunicado de prensa que la colegiatura obligatoria a los periodistas está prohibida desde el año 1995.
Esto luego de que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declarara en su sentencia 1995-2313 que la colegiatura obligatoria a periodistas, establecida en la Ley Orgánica del Colegio de Periodistas de Costa Rica era inconstitucional.
Para tomar esa decisión, los Magistrados del Máximo Tribunal tomaron en cuenta que la Opinión Consultiva OC-5-85 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) del 13 de noviembre de 1985 (ente al cual Costa Rica está adscrito y por ende debe acatar sus disposiciones) dejó claramente dicho que exigir la colegiatura a periodistas era incompatible con el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
De ese modo, el Ministro Mauricio Herrera puede percibir la compensación por prohibición, establecida en el artículo 14 y 15 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública pues, tal y como lo han desarrollado en múltiples oportunidades tanto la Procuraduría General de la República (PGR) y la Contraloría General de la República (CGR) el percibir esa remuneración adicional necesita de tres aspectos: de primer lugar, estar nombrado en uno de los cargos establecidos en el artículo 14 de esa Ley (los ministros lo están); de segundo, tener un grado académico que le permita ejercer una profesión liberal y por último, incorporarse al Colegio Profesional correspondiente en caso de que este exista y tenga como requisito indispensable la colegiatura para ejercer la profesión.
En vista de que la colegiatura a los periodistas no es obligatoria, el Ministro queda dispensado de ese requisito para obtener la compensación por prohibición, que implica un 65% adicional a su salario base.