Desechan denuncias por beligerancia contra Presidente y alcalde de Montes de Oca

» Magistrados estimaron que no había pruebas suficientes en contra de ambos.

San José, 2 oct (elmundo.cr) – Los Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) desecharon dos denuncias interpuestas contra el presidente Luis Guillermo Solís y el alcalde de Montes de Oca, Marcel Soler; por supuestamente haber incurrido en actos de beligerancia política

Así consta en las resoluciones 4572-E6-SE-2017 y 4694-E6-SE-2017, publicadas la semana anterior por el TSE en su sitio de jurisprudencia.

En la primer resolución, los Magistrados Juan Casafont Odor, Fernando del Castillo Riggioni y Luz Retana Chinchilla, desestimaron una denuncia contra el Presidente de la República, interpuesta por el abogado Luis Gerardo Ávila Agüero.

Ávila acusó que el Presidente había emprendido una campaña informativa para promocionar los logros de su gestión, lo cual  favorecía a los entonces precandidatos presidenciales, Carlos Alvarado y Welmer Ramos.

Si bien los Magistrados confirmaron que el Presidente está sujeto a la prohibición de incurrir en beligerancia, determinaron que las conductas y actos denunciados no cumplen con los elementos mínimos que permitan su calificación como constitutivos de parcialidad o participación política prohibida. 

“La denuncia presentada por el señor Ávila Agüero carece de los componentes legales mínimos: se echa de menos una relación clara, precisa y circunstanciada que, además, precise el lugar, el día y la hora en que ocurrieron los hechos supuestamente contrarios al ordenamiento jurídico electoral”, dice el fallo.

CASO DEL ALCALDE

Adicional a la desestimación de la denuncia en contra del Presidente de la República, los mismos tres magistrados desecharon una denuncia en contra del alcalde de Montes de Oca, Marcel Soler; presentada cuando éste fungía como asesor del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU).

La denuncia fue interpuesta por Ana Gabriela Masís Mora, quien afirmó que Soler utilizó parte de su jornada laboral en el INVU para remitir, a diferentes personas y por la vía de su correo electrónico y la aplicación WhatsApp, mensajes de contenido político-electoral, relativos a la campaña de las elecciones municipales del 2016.

Los Magistrados concluyeron que no fue posible confirmar, certeramente, que Soler se encontrara en el desempeño de su jornada laboral, al momento de remitir los mensajes de texto y los correos electrónicos denunciados; además de que no se demostró que en el envío de esos mensajes, fueran comprometidos recursos públicos.

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