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Denunciar la Convención Americana no exime a Costa Rica de cumplir con lo ordenado por la Corte IDH

» Así está estipulado en el artículo 78.2 de la Convención Americana y en el artículo 43 de la Convención de Viena sobre el Derecho de

Corte IDH.

San José, 14 ene (elmundo.cr) – La propuesta de algunos candidatos presidenciales de denunciar la Convención Americana de Derechos Humanos, tal y como lo hizo el régimen de Venezuela, no eximirá a Costa Rica de tener que cumplir con lo que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) haya indicado al país.

Así se desprende del artículo 78 del Pacto de San José, aprobado por la Asamblea Legislativa mediante la Ley 4534 del 23 de febrero de 1970 y del artículo 43 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, aprobada por el Congreso el 29 de agosto de 1996, mediante la Ley 7615.

El artículo 78 del Pacto de San José señala, en su punto 1, que los Estados que hayan suscrito la Convención Americana y quieran denunciarla (retirarse) deberán hacerlo con un preaviso de un año, notificando el Secretario General de la Organización de Estados Americanos (OEA), quien debe informar a su vez a los demás países de la decisión adoptada.

Asimismo, en su punto 2, la norma señala expresamente que la denuncia de la Convención Americana “no tendrá por efecto desligar al Estado Parte interesado de las obligaciones contenidas en esta Convención en lo que concierne a todo hecho que, pudiendo constituir una violación de esas obligaciones, haya sido cumplido por él anteriormente a la fecha en la cual la denuncia produce efecto”.

La misma disposición está contenida en el artículo 43 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, que expresamente advierte que la denuncia de un tratado no implica que el Estado pierda sus obligaciones contraídas.

Previo a la Opinión Consultiva 24/17 emitida por la Corte Interamericana, donde se declaró la obligación de los Estados de reconocer el matrimonio igualitario y el derecho de identidad de género autopercibida, Costa Rica debió poner en marcha la Fertilización in Vitro, así como anular la colegiación obligatoria para periodistas.

Dado que los dos últimos temas ya fueron “resueltos” por Costa Rica, no podría echar marcha atrás según lo dispuesto por el artículo 78.2 de la Convención Americana, mientras que, si el Gobierno cumple con lo señalado por la Corte en cuanto a matrimonio igualitario e identidad de género, antes de la salida del Sistema Interamericano, el país tampoco podrá revertir esos avances en materia de derechos humanos.

Fabricio Alvarado, candidato de Restauración Nacional y Rodolfo Hernández, candidato del Partido Republicano, han planteado sacar a Costa Rica del Sistema Interamericano de Derechos Humanos para no acatar lo dispuesto por la Corte.

El Sistema está compuesto por la Corte IDH, con sede en Costa Rica, y la Comisión Interamericana (CIDH), con sede en Estados Unidos.

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