Defensoría sostiene que medidas adoptadas en atención del COVID-19 deben respetar derechos humanos

La empresa farmacéutica Pfizer y la de biotecnología BioNTech aseguran que su vacuna contra la COVID-19 es eficaz en más del 90% de los casos. BioNTech

San José, 05 may (elmundo.cr)- La Defensoría de los Habitantes recordó “a las autoridades sanitarias que las medidas adoptadas en la atención y contención del virus, deben tener, como centro, el pleno respeto a los derechos humanos de todas y todos los habitantes”.

La Defensoría informó que, en su condición de Institución Nacional de Derechos Humanos (INDH) de Costa Rica, recibió por parte de las autoridades del Sector Salud los “Lineamientos Bioéticos ante la pandemia por SARS-CoV-2”, Versión 04, Código L.GG CENDEISSS AB.27112020, el cual es una instrumento orientado a garantizar que el acceso a los servicios públicos de urgencias médicas respete y atienda los derechos humanos de todas y todos los habitantes de la República, sin distingos de raza, nacionalidad, credo religioso, genero, edad.

Ante esto la Defensoría considera “indispensable el conocimiento de estas reglas básicas de atención, en medio del agravamiento de la crisis sanitaria causada por una tercera ola del Covid-19, que, entre sus efectos negativos para la salud de la población, es previsible, congestione la demanda de los pacientes en relación al uso de los servicios sanitarios; y, muy especialmente, en el acceso a las Unidades de Cuidados Intensivos (UCIs)”.

De igual forma solicitó “a las autoridades de la Caja Costarricense de Seguro Social, hacer de conocimiento público, por los canales de comunicación suficientes y necesarios, el contenido del documento denominado: “Lineamientos Bioéticos ante la Pandemia por SARS-CoV-2 en su versión 4, aprobado en noviembre 2020, a efectos de que la gente conozca el modelo de gestión pública a través del cual se dará la prestación de los servicios de salud, bajo condiciones de extrema emergencia, mediante la aplicación de la Bioética como eje transversal de dicha actuación sanitaria”.

Para la Defensoría la prestación de los servicios de salud ante la pandemia del Covid-19; y, muy especialmente de los servicios esenciales prestados por las Unidades de Cuidados Intensivos (UCIs) deben responder a los parámetros de Derechos Humanos que exige nuestro Estado de Derecho para tales efectos, a saber: Protección de la población vulnerable, mayor disponibilidad y optimización de los bienes y servicios de salud, accesibilidad sin discriminación, justicia distributiva, no abandono institucional, la proporcionalidad terapéutica, seguridad del paciente, consentimiento informado, confidencialidad y humanización de la atención.

“La Defensoría advierte y enfatiza ante el funcionariado sanitario y sus autoridades la prohibición de ejercer cualquier tipo de discriminación y/o estigmatización en la atención que reciben las y los habitantes; quedando prohibido, por ende, cualquier clase de trato desigual por motivos de edad, sexo, discapacidad, estado civil, ideología, nacionalidad, entre otros. Todo lo cual es una exigencia congruente con los Derechos Humanos y los Principios de la Bioética”, resaltó la defensora, Catalina Crespo.

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