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Defensoría solicita informe al Ministerio de Justicia de las acciones preventivas ante COVID-19

San José, 24 abr (elmundo.cr) – La defensora de los Habitantes, Catalina Crespo le solicitó un informe al Ministerio de Justicia de las acciones preventivas que van a tomar en los centros penitenciarios, ante la pandemia de COVID-19.

La misiva fue dirigida a Fiorella Salazar, ministra de Justicia, Daniel Salas, ministro de Salud y a Román Macaya, presidente ejecutivo  de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS).

Crespo señala que “solicito que en el plazo de 5 días hábiles, se nos informe de los planes de acción y coordinación interinstitucional, con las fechas y los responsables en el que se consolide el apoyo solicitado, entre las instancias por ustedes lideradas, a fin de que se atienda y se establezcan acciones preventivas que aseguren un mínimo de contagio y la atención de la población penitenciaria”.

En el caso de las personas apremiadas corporales por deuda alimentaria, para la Defensoría resulta fundamental que el Estado costarricense asuma una posición transparente que garantice todos los derechos tutelados, tanto el derecho a la salud del deudor alimentario, como el derecho a la pensión alimenticia de sus titulares.

“Es una obligación del Estado asegurar que las condiciones en que permanecen las personas en los centros de detención cumplan con las medidas mínimas que garantizan el riesgo de contagio y a la vez, que las familias acreedoras del derecho a la pensión dispongan de alguna alternativa de asistencia social que les permita condiciones de sobrevivencia”, indica Crespo.

Con respecto a que las personas privadas de libertad sean pasadas a un sistema de semiinstitucionalidad, Crespo aclara que esta decisión debe tomarse con base en criterios como el estado de salud, la condición etárea, la condición de discapacidad, el tiempo de la sentencia, y el tipo de delito y peligrosidad.

En la aplicación de estas medidas debe de prevalecer el criterio de excepcionalidad, procurando no obstruirlas con requisitos innecesarios, pero sin dejar de fundamentar técnicamente cada una de ellas.

Asimismo, enfatiza que se debe de continuar garantizando la atención integral de la salud a la población privada de libertad y al personal penitenciario, dotándolos con la indumentaria de protección necesaria y suministros de limpieza para prevenir el contagio y la propagación de enfermedades.

Ante estos hechos, resulta relevante enfatizar que cualquier acción asertiva o no, realizada en los centros penitenciarios del país tendrá incidencia directa en los servicios de salud que brinda la CCSS.

Para Crespo es importante que aquellos casos que no puedan ser tratados en el centro penal por su grado de complejidad, por protocolo son abordados por la seguridad social en los hospitales del país, de tal modo que, si no se atienden adecuadamente y de forma preventiva en una etapa inicial, podría enfrentarse un escenario de complejo abordaje.

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