Defensoría satisfecha con cumplimiento de recomendación para regular procedimientos estéticos

San José, 4 mar (elmundo.cr) – La Defensoría de los Habitantes emitió en febrero de 2015 un informe especial sobre la situación de los procedimientos estéticos y reconstructivos, luego de verificar importantes vacíos regulatorios y poco control de esta actividad por parte de las autoridades sanitarias.

En aquel momento se recomendó entre otros aspectos, que el Colegio de Médicos regulara los perfiles profesionales de los médicos, en particular de quienes se dedican a este tipo de procedimientos clínicos, como son los médicos generales, los cirujanos estéticos y reconstructivos y los dermatólogos.

Ciertamente, el Colegio de Médicos de Médicos realizó varios intentos a nivel legislativo para cumplir con esta cometido, uno de ellos en abril de 2018 cuan-do el Poder Ejecutivo vetó la reforma a la Ley Orgánica de dicho Colegio.

Sin embargo, luego de una resolución judicial de agosto de 2017 el Colegio interpretó que dicha regulación habría de darse por vía reglamentaria debido al interés público llamado a resguardar, obligación que ha sido incluso señalada por una Opinión Consultiva de Derechos Humanos en el año 1985.

Así, durante el segundo semestre del año 2018, de frente a los lamentables hechos de personas fallecidos presumiblemente como consecuencia de haber participado en procedimientos estéticos y reconstructivos, la Defensoría de los Habitantes convocó a representantes del Ministerio de Salud, del Colegio de Médicos y de la Asociación de Anestesiólogos, para conformar un grupo de trabajo para atender este serio problema, el cual se ha reunido de forma mensual desde el mes de noviembre de 2018 en la Defensoría con el fin de coordinar acciones interinstitucionales para regular y vigilar la actividad médica de los procedimientos estéticos y reconstructivos.

Durante dichos encuentros se ha logrado la verificación de los esfuerzos por regular todos los perfiles profesionales sobre todo los más controversiales como son relativos a los procedimientos estéticos.

Asimismo, en cumplimiento de otra recomendación de la Defensoría al Ministerio de Salud de realizar acciones de vigilancia del funcionamiento no solo de las clínicas médicas que se dedican a esta actividad, sino también de aquellas otros establecimientos estéticos como Spas y salones de belleza que realizan algunos de estos procedimientos, el Ministerio de Salud inició un proceso de regulación y consulta pública de un Reglamento para la Aplicación de Procedimientos Estéticos y Cosmetológicos Invasivos, el cual al día de hoy está en proceso de revisión.

Adicionalmente, el Ministerio de Salud informó que estaba preparando un decreto para instaurar la obligación de los Colegios de las Profesiones de las Ciencias de la salud, según el artículo 40 de la Ley General de Salud, de crear perfiles profesionales. A partir de este decreto, los colegios profesionales quedarían obligados a aprobar perfiles profesionales de sus agremiados.

Además, el Ministerio de Salud ha informado acerca de las gestiones realizadas al interior de esa institución para regular el uso del Propofol, que es un anestésico que debe ser de uso restringido. La Asociación de Anestesiólogos ha estado dando apoyo técnico en esta materia. Este asunto aún está en proceso y muestra un importante progreso.

Hoy, la Defensoría de los Habitantes se muestra satisfecha respecto de que otros Colegios Profesionales también regulen los perfiles profesionales de sus agremiados, en razón de que el Ministerio de Salud ya aprobó y se publicó en la Gaceta oficial el Reglamento de Perfiles de Profesionales en Ciencias de la Salud, N° 41541-S del 22 de enero de 2019 que instaura que estos Colegios Profesionales deberán contar con los diferentes perfiles profesionales de sus agremiados.

En particular, la Defensoría se muestra satisfecha con la aprobación del Reglamento del Colegio de Médicos publicado en el Alcance No 41 de la Gaceta del 21 de febrero de 2019 para regular el perfil profesional del médico especialista en cirugía plástica reconstructiva y estética de forma que únicamente los médicos que cumplan con las condiciones y requisitos que ahí se establecen estarán autorizados para realizar este tipo de procedimientos clínicos.

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