San José, 29 jun (elmundo.cr) – Tras su reciente comparecencia en la Asamblea Legislativa, la contralora general de la República, Marta Acosta, afirmó, ante la Comisión de Asuntos Hacendarios, que existe una necesidad de replantear la regla fiscal desde su origen, porque a su criterio hay limitaciones e incongruencias.
Esta excitativa en relación con la necesidad de contar con un nuevo instrumento no es nueva, ya que desde el año anterior, un informe de la Defensoría de los Habitantes de noviembre del 2023, recomendó al Poder Ejecutivo “convocar una mesa de trabajo a nivel nacional con la activa participación de diversos sectores, incluyendo la sociedad civil, la academia, la Asamblea Legislativa, la Contraloría General de la República y grupos políticos a nivel nacional con el propósito central analizar y debatir la regla fiscal”.
Entre los aspectos que detalló en su informe la Defensoría de los Habitantes indicó que, la actual regla fiscal presenta una falta de concreción en relación con el objetivo que se pretende alcanzar, ya que está más orientada en establecer una limitación en el tamaño del gobierno que a lograr resultados específicos en las finanzas públicas, al definir la regla como un límite al crecimiento del gasto corriente sin especificar un horizonte temporal de aplicación.
Un aspecto que resultó de suma relevancia durante la investigación es que, con la normativa actual, la restricción de la Regla fiscal no podría ser levantada incluso en períodos de bonanza fiscal, ya que utiliza como referencia del gasto de las instituciones del sector público no financiero, el cual no puede ser superior a la variación del PIB durante los últimos 4 años anteriores.
Asimismo, pese a que la Regla fiscal podría ser suspendida hasta por dos años en situaciones de estado de emergencia nacional o de recesión económica, durante la crisis económica generada por la pandemia, la Regla siguió activa, ya que se confió la decisión a la interpretación y aplicación del Reglamento correspondiente (Decreto Ejecutivo N° 41641-H), que dio como resultado que se otorgara un enfoque fiscalista que demostró que durante momentos socioeconómicos desafiantes, la regla fiscal se convirtió en un instrumento potencialmente perjudicial y regresivo que menoscabó la efectiva realización de los derechos de la población, derechos que están garantizados por normativas de rango superior a las leyes ordinarias
Otro elemento que se destaca de la actual Regla Fiscal, es su incapacidad para permitir intercambios o compensaciones internas entre aquellas entidades que no requieran superar el límite de gasto autorizado y aquellas que necesiten un mayor gasto por atender poblaciones vulnerables, de manera que se cumpla con la restricción a nivel global.
Además, se señaló que la actual regla no tomó en cuenta la evolución de los ingresos públicos, lo que habría proporcionado mayor flexibilidad a la restricción del gasto ni consideró la relevancia del gasto institucional que se recorta o se restringe, ni incorporó un proceso de evaluación basado en beneficios, costos, impacto, eficiencia y calidad de los gastos sujetos a reducción o eliminación.
La diversidad de actores generó divergencia en las interpretaciones, debido a que la ley no abordó este asunto de manera explícita, sin definir el momento presupuestario para poner en marcha la norma y llevar a cabo su verificación, situación que se podría evitar si se contara con un Consejo Fiscal independiente del Poder Ejecutivo, con la capacidad técnica para evaluar la consistencia del marco fiscal y presupuestario, monitorear el cumplimiento de las metas fiscales y comunicar públicamente los resultados de sus análisis, como nos indica Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en el informe para el año 2023.
Para la Defensoría el replantear la regla fiscal no significa debilitar la disciplina financiera, sino adaptarla a las necesidades contemporáneas, asegurando que el crecimiento económico sea inclusivo y sostenible, y que el bienestar de las personas no se vea comprometido por rigideces fiscales, que no toma en consideración la situación las crecientes necesidades de la población en términos de servicios públicos, los cambios demográficos en curso, o la atención requerida por grupos vulnerables y en situación de pobreza, entre otros factores socioeconómicos.